Complemento de convocatoria de Junta General Extraordinaria.
En relación con la Junta General Extraordinaria de Accionistas convocada para su celebración en primera convocatoria el próximo día 14 de diciembre de 2010, a las diecisiete horas, en el domicilio social de la entidad, sito en la Polígono Industrial "El Carrascot", Vial 3, Parcela 62 de L´Olleria (Valencia), y en caso de no obtenerse quórum suficiente, en segunda convocatoria el 16 de diciembre, a las diecisiete horas en el referido domicilio social y que fue publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 212, página 34302, en fecha 4 de noviembre de 2010 y en Superdeporte en fecha 3 de noviembre de 2010, por acuerdo del órgano de administración de conformidad con la solicitud de publicación de un complemento de convocatoria de Junta extraordinaria enviada mediante burofax a don Ricardo Andrés Jiménez y a don José Luís Navarro Robledo por la accionista doña María Ángeles Soler Egea, titular de más del cinco por ciento (5%) del capital social, procede a publicar de acuerdo con lo previsto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital el presente complemento de la convocatoria de la indicada Junta General Extraordinaria.
De acuerdo con lo anterior se incluyen tres nuevos puntos con el siguiente tenor:
Undécimo.-Al amparo del artículo 222 de la Ley de Sociedades de Capital nombramiento de un nuevo órgano colegiado de administración por haber vencido el plazo mediante la figura de caducidad, al darse el supuesto previsto expresamente en el apartado in fine de tal artículo.
Duodécimo.-Ejercicio de la acción social de responsabilidad de conformidad con el artículo 238 de la Ley de Sociedades de Capital por haber actuado los autoproclamados coadministradores solidarios, señores Andrés Jiménez y Navarro Robledo, contra la sociedad, por actos u omisiones contrarios a los deberes inherentes al desempeño de su cargo.
Decimotercero.-Para el supuesto de no aprobarse tal acción de responsabilidad social, ejercicio de la acción individual de responsabilidad al amparo del artículo 241 de la Ley de Sociedades de Capital contra dichos autoproclamados administradores solidarios por actos de los mismos que lesionan directamente y abiertamente los derechos de la accionista doña María Ángeles Soler Egea y terceros.
L'Ollería (Valencia), 11 de noviembre de 2010.- Los Administradores, don Ricardo Andrés Jiménez y don José Luis Navarro Robledo.
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