Contido non dispoñible en galego
Según el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de fecha 19 de Noviembre de 2010, en segunda convocatoria, acordó la reducción de capital social a cero, por importe de 3.078.322 Euros, para compensar pérdidas, mediante la amortización de la totalidad de las acciones y el simultaneo aumento de capital social por importe de 1.941.623 Euros, mediante emisión de 1.941.623 nuevas acciones nominativas, de un 1 Euro de valor nominal cada una.
En la ampliación de capital se reconoce a los accionistas el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, en número proporcional a las que poseían antes de la reducción, que podrán ejercitar en la forma siguiente:
- El derecho de suscripción preferente podrá ser ejercitado durante el plazo de un mes, desde la fecha de publicación de este anuncio.
- El aumento podrá suscribirse mediante compensación de créditos y/o mediante aportaciones dinerarias, según consta en el Informe del Consejo de Administración y en el acuerdo de aumento de capital, que se encuentran a disposición de los accionistas en el domicilio social, contemplándose la posibilidad de suscripción incompleta. Las acciones suscritas deberán desembolsarse en su totalidad en la fecha de suscripción del aumento.
- El ejercicio de dicho derecho deberá notificarse a la Sociedad en el domicilio social de forma presencial, asumiendo en documento escrito las acciones a suscribir, o por telegrama, o correo certificado con acuse de recibo o burofax con acuse de recibo, previa acreditación de la condición de accionista.
En el supuesto de que el aumento no se suscriba y desembolse íntegramente en el plazo y forma prevista, el capital quedará aumentado en la cuantía efectivamente suscrita y desembolsada.
En Las Palmas de Gran Canaria, 19 de noviembre de 2010.- El Vicepresidente del Consejo de Administración, Tecno Atlántico Inversiones, S.L., don Germán Carlos Suárez Calvo.
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