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En fecha 29 de diciembre de 2009 la junta general y universal de socios de Pino Componentes, Sociedad Limitada, como sociedad absorbente, así como las juntas generales y universales de accionistas de Espumat 88, Sociedad Anónima y Molan Pino, Sociedad Anónima, como sociedades absorbidas, acordaron la fusión por absorción de las tres compañías, conforme el proyecto de fusión de fecha 30 de junio de 2009, con la consiguiente ampliación de capital de Pino Componentes, Sociedad Limitada.
De acuerdo con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el balance de fusión, así como el texto íntegro del acuerdo adoptado en cada una de las sociedades participantes en la fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión.
Santa Perpetua de la Mogoda, 5 de febrero de 2010.- Los administradores solidarios, Jaime Pino Vázquez, por Distribuidora Pino, Sociedad Anónima, y Manel Hernández Cudós.
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