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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que los socios de "Kiof Distribución, S.L.U.", y "Chapa Líquida, S.L.", en sus respectivas Juntas Generales celebradas con carácter de universal el día 20 de noviembre de 2010, adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión de las dos entidades mediante la absorción "Chapa Líquida, S.L.", por "Kiof Distribución, S.L.U.", y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con el correspondiente aumento de capital de la sociedad absorbente. El presente procedimiento de fusión se sujeta a lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, puesto que ambas sociedades son sociedades limitadas y el acuerdo de Fusión se adopta mediante Junta Generales Universales de Socios, y por unanimidad de todos éstos. Como consecuencia, no serán aplicables las normas generales que sobre el Proyecto y el Balance de Fusión se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I, del Título II, de la citada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del presente acuerdo de fusión.
En Barcelona y Girona, 25 de noviembre de 2010.- D. Kay Delgado Fritz, administrador solidario de "Chapa Líquida, S.L.", y administrador único de "Kiof Distribución, S.L.U.".
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