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Documento BORME-C-2010-36921

AGROFRUSE-MEDITERRANEAN AGRICULTURAL GROUP, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONTE PISTACHO, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 38950 a 38950 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-36921

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, el 29 de noviembre de 2010, los Accionistas de la sociedad Agrofruse-Mediterranean Agricultural Group, Sociedad Anónima decidieron aprobar la fusión de Agrofruse-Mediterranean Agricultural Group, Sociedad Anónima mediante la absorción de la sociedad Monte pistacho, Sociedad Anónima. En consecuencia, Agrofruse-Mediterranean Agricultural Group, Sociedad Anónima integrará en su patrimonio, en bloque, a título universal, la totalidad de los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de Monte Pistacho, Sociedad Anónima.

Asimismo se procedió en dicha Junta a la aprobación como Balance de Fusión de Agrofruse-Mediterranean Agricultural Group, Sociedad Anónima el último balance contenido en las cuentas anuales y cerrado a 31 de mayo de 2010, auditadas por la sociedad Pricewaterhousecoopers, Sociedad Limitada, según informe emitido en fecha 27 de septiembre de 2010.

Asimismo, se aprobó como Balance de Fusión de la sociedad Monte Pistacho, Sociedad Anónima, el último balance contenido en las cuentas anuales y cerrado a 31 de mayo de 2010.

Dicho Balance ha sido objeto de auditoria, en el marco de la auditoria de las cuentas consolidadas del Grupo Agrofruse-Agricola de Frutos Secos, Sociedad Anónima, por Pricewaterhousecoopers, Sociedad Limitada, según informe emitido en fecha 27 de septiembre de 2010.

Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances especiales de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión

Tárrega (Lleida), 30 de noviembre de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración de Agrofruse-Mediterranean Agricultural Group, Sociedad Anónima, Pont Viladomiu, Sociedad Limitada, Ramón Pont Amenós.

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