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La Junta General de Socios de la sociedad Patres 63, Sociedad Limitada, celebrada el 25 de noviembre de 2010 con el carácter de universal, ha acordado, por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la escisión total de la sociedad, la cual comportará su extinción y la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes integradas por los elementos de activo y pasivo afectos a las distintas ramas de actividad inmobiliaria, que se transmitirán en bloque, por sucesión universal, a las dos sociedades de nueva creación, beneficiarias de la misma, que girarán bajo la denominación de "Lourdes Muncharaz e Hijas, Sociedad Limitada", la primera de ellas, y bajo la denominación de "Patres Solar, Sociedad Limitada" la segunda.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance que ha servido de base a la escisión total acordada, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.
Madrid, 14 de diciembre de 2010.- Lourdes Muncharaz Palacios, Administradora mancomunada.
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