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Documento BORME-C-2010-3851

VENTERO MUÑOZ, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ALQUIMAISONSOCIMI, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 4023 a 4023 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-3851

TEXTO

La Junta General Universal de Socios de la sociedad "Ventero Muñoz, S.A.", en su sesión de fecha 17 de febrero de 2010, ha acordado la escisión parcial de esta sociedad, por segregación de un lote de su patrimonio, por rama de actividad y la adjudicación de dicho lote (activo y pasivo), que constituye una unidad económica independiente, a la sociedad de nueva creación denominada Alquimaison Socimi, S.A., como Sociedad receptora o beneficiaria; sin extinción de la sociedad escindida parcialmente; adscribiéndose las acciones de la sociedad beneficiaria de nueva creación, como contraprestación del lote adjudicado, a los socios de esta sociedad escindida parcialmente, y en su cómputo total, en número proporcional a sus respectivas acciones en la escindida; y sin reducción del capital social de la sociedad escindida parcialmente.

Todo ello, tal como consta en el proyecto de escisión parcial, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 19 de febrero de 2010 habiéndose publicado tal depósito en el Boletín oficial del Registro Mercantil de fecha 2 de febrero de 2010.

Asimismo ha sido aprobado como Balance de Escisión, el cerrado el día 31 de octubre de 2009, que cumple los requisitos establecidos en el artículo 36 la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar:

1. Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, que se encuentran en el domicilio social de la Sociedad escindida, en Madrid, calle Bausa número 21, primera planta.

2. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último de los anuncios de escisión, los acreedores de las sociedades participantes en la escisión, podrán oponerse a ésta en los términos previstos en el artículo 44 de la mencionada Ley, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Madrid, 17 de febrero de 2010.- El Presidente, D. Félix-Enrique Ventero Muñoz.

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