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Documento BORME-C-2010-4833

OPDE SUR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 45, páginas 5036 a 5036 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-4833

TEXTO

La Junta General de accionistas de la Sociedad, celebrada el pasado 27 de enero de 2010, acordó, entre otros puntos, aumentar el capital social hasta un importe máximo de trescientos cinco mil euros (305.000 €), mediante la emisión de 305.000 acciones al portador de 1 euro de valor nominal cada una. El valor nominal de las acciones emitidas deberá ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias.

Los Sres. accionistas que lo deseen tendrán derecho a suscribir cinco nuevas acciones por cada una acción que posean, ejercitando su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes y un día desde la fecha de publicación del presente anuncio, a los efectos del artículo 158.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, mediante una comunicación escrita dirigida al nuevo domicilio social de la Sociedad (sito en Navalmoral de la Mata (Cáceres), Polígono Industrial Campo Arañuelo, calle Canteros, s/n) y el desembolso íntegro de 1 Euro por acción suscrita en la cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad en la entidad financiera Banco de Santander, dentro del plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente.

En el supuesto de que una vez finalizado el periodo de ejercicio del derecho de suscripción preferente siguieran quedando acciones sin suscribir, se abrirá un periodo de adjudicación adicional en el que el Administrador Único de la Sociedad ofrecerá las acciones que hubieran quedado sin suscribir a aquellos accionistas que hubieran suscrito acciones durante el periodo de ejercicio del derecho de suscripción preferente. Dichos accionistas deberán aceptar tal ofrecimiento dentro del mes siguiente al que hubieran recibido la notificación del Administrador, y suscribir y desembolsar las acciones de acuerdo con las indicaciones que al respecto le haga el Administrador Único. Si fueran varios los accionistas que aceptaran dicho ofrecimiento las acciones no suscritas se adjudicarán entre ellos en proporción al número de acciones que, sobre el total de las acciones que hubieran suscrito los accionistas aceptantes durante el periodo de ejercicio del derecho de suscripción preferente, hubiera suscrito cada accionista aceptante.

Tras la finalización del periodo de adjudicación adicional, el capital quedará aumentado por la cantidad hasta entonces suscrita y desembolsada en los términos previstos, previéndose la posibilidad de suscripción incompleta.

La Junta General de Accionistas ha designado al Administrador Único para ejecutar el aumento de capital anteriormente descrito en la cuantía en que éste finalmente resulte, quien aprobará, tras la expiración de los períodos de suscripción establecidos, el nuevo texto del Artículo 6 y del Artículo 7 de los Estatutos Sociales.

Tudela, 28 de enero de 2010.- Don Adalberto Ríos Gil, Administrador Único.

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