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Se hace público que la junta general extraordinaria y universal de accionistas de Tanatorios y Servicios, S.A. y la junta general universal de socios de Funeraria La Ribera, S.L., celebradas ambas en fecha 1 de marzo de 2010, aprobaron, todas ellas, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Tanatorios y Servicios, S.A. de Funeraria La Ribera, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin aumento del capital social de la sociedad absorbente, por ser esta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Tarragona.
En la presente operación no existen derechos ni ventajas especiales en ninguna de las sociedades, siendo la fecha a partir de la cual las operaciones se consideraran realizadas por cuenta de la absorbente el 1 de marzo de 2010.
Se hace constar el Derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Amposta, 1 de marzo de 2010.- Los Administradores únicos de Tanatorios y Servicios, Sociedad Anónima y Funeraria La Ribera, Sociedad Limitada.
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