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Documento BORME-C-2010-6239

BANCO PASTOR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 59, páginas 6593 a 6595 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-6239

TEXTO

Aumento de capital con cargo a prima de emisión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas ("LSA"), se comunica que la Junta General Ordinaria de Accionistas de Banco Pastor, Sociedad Anónima ("Banco Pastor" o el "Banco"), en su reunión de 26 de marzo de 2010, acordó aumentar el capital social del Banco con cargo a prima de emisión. Asimismo, en ejercicio de la delegación de facultades conferida al Consejo de Administración de Banco Pastor por la referida Junta General, el Consejo de Administración en esa misma fecha acordó llevar a efecto y fijar los términos y condiciones pendientes del aumento de capital liberado aprobado por la referida Junta General. Los principales términos y condiciones del citado aumento son los que se detallan a continuación:

1. Importe del aumento de capital, número de acciones a emitir, valor nominal, tipo de emisión y representación de las acciones:

El capital social se aumenta en un importe de 1.727.123,97 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 5.233.709 acciones ordinarias de 0,33 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones del Banco actualmente en circulación. Las nuevas acciones se emiten a la par, sin prima de emisión, por lo que el tipo de emisión se corresponde con su valor nominal de 0,33 euros por acción.

Las nuevas acciones se representarán por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal ("Iberclear") y a sus entidades participantes.

2. Reserva con cargo a la que se emiten las nuevas acciones y balance que sirve de base:

El aumento de capital es liberado y, como tal, no comporta desembolso alguno para los accionistas. El desembolso se realizará íntegramente con cargo a prima de emisión, cuyo importe a 31 de diciembre de 2009 ascendía a 148.447 miles de euros.

El balance que sirve de base a la operación es el correspondiente a 31 de diciembre de 2009, fecha que se encuentra comprendida dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al acuerdo de aumento de capital. Dicho balance ha sido auditado por el auditor de cuentas de Banco Pastor, PriceWaterhouseCoopers Auditores, Sociedad Limitada, con fecha 19 de febrero de 2010 y aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas del Banco de 26 de marzo de 2010.

3. Derechos políticos y económicos de las nuevas acciones:

Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Banco Pastor actualmente en circulación a partir de la fecha en la que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado.

4. Derechos de asignación gratuita:

Los accionistas de Banco Pastor que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de Iberclear a las veintitrés horas y cincuenta y nueve minutos del día de publicación del presente anuncio gozarán del derecho de asignación gratuita de las nuevas acciones, en la proporción de una acción nueva por cada 50 derechos de asignación gratuita. A cada acción antigua del Banco le corresponderá un derecho de asignación gratuita.

5. Periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita:

Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven y serán negociables en la bolsa de Valores de Madrid y en el Sistema de Interconexión Bursátil español ("Mercado Continuo"). El periodo de negociación de derechos comenzará el día hábil bursátil siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio y tendrá una duración de quince días naturales. Este periodo no será prorrogable.

Durante el periodo de negociación de derechos, aquellos accionistas que sean titulares de menos de 50 acciones o que tengan más de 50 títulos pero en un número que no sea múltiplo de 50, verán satisfecho su derecho económico mediante la venta y percepción del resultado que corresponda en el mercado de derechos de suscripción, si bien dichos accionistas tendrán también la posibilidad de adquirir los derechos de suscripción necesarios en el mercado para completar un número múltiplo de 50, a fin de suscribir las acciones nuevas correspondientes.

En términos generales, el aumento de capital se efectúa libre de gastos y comisiones para los suscriptores en cuanto a la asignación de las nuevas acciones emitidas, asumiendo el Banco los gastos de emisión, suscripción, puesta en circulación, admisión a cotización y demás conexos.

En particular:

(i) Los Accionistas cuyas acciones estén depositadas en Banco Pastor deberán ponerse en contacto con su oficina habitual cursando la correspondiente orden de compra o venta de derechos. A falta de comunicación expresa, los accionistas poseedores de más de 50 títulos recibirán 1 acción nueva de Banco Pastor por cada múltiplo de 50 y aquellos que sean titulares de menos de 50 acciones o que tengan más de 50 títulos pero en un número que no sea múltiplo de 50, verán satisfecho su derecho económico mediante la percepción del resultado que corresponda de la orden de venta de los derechos sobrantes que el Banco cursará a primera hora del último día de cotización en el mercado de derechos de suscripción. Banco Pastor no repercutirá ninguna comisión a estos accionistas.

(ii) Los Accionistas cuyas acciones estén depositadas en otras entidades deberán dirigirse a la entidad en la que tengan depositadas sus acciones para comunicarle su decisión. Las entidades depositarias de las acciones podrán repercutir a los accionistas comisiones o gastos por la asignación de acciones o venta de derechos de suscripción, de acuerdo con la legislación vigente.

6. Acciones en depósito:

Finalizado el periodo de negociación de los derechos de suscripción, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a Banco Pastor se mantendrán en depósito a disposición de quienes acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de suscripción. Transcurridos 3 años desde la fecha de finalización del periodo de negociación de los derechos de suscripción, las acciones que aún se hallaran pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 LSA, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.

7. Desembolso:

Como se ha indicado, el desembolso se efectuará en su totalidad con cargo a prima de emisión y se tendrá por producido en el momento en que el Consejo de Administración, la Comisión Delegada, o cualquiera de sus miembros en que se hubiese delegado la facultad, en su caso, una vez finalizado el Periodo de negociación de los derechos, formalice contablemente la aplicación del saldo de la cuenta de prima de emisión en la cuantía definitiva del aumento de capital.

8. Admisión a cotización:

El Banco solicitará la admisión a negociación de las acciones nuevas del Aumento en la Bolsa de Valores de Madrid, a través del Sistema de Interconexión Bursátil ("Mercado Continuo").

9. Documento informativo:

De conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, Banco Pastor ha puesto a disposición pública un documento que contiene información sobre el número y la naturaleza de las acciones y los motivos y detalles de la oferta a la que se refiere este aumento. Este documento ha sido comunicado como hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") y está a disposición del público en la página web del Banco (www.bancopastor.es) y en la de la CNMV (www.cnmv.es) desde el día de su publicación.

A Coruña, 26 de marzo de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración.

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