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Documento BORME-C-2010-6338

MAÍNEZ MAÍNEZ CORPORACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SUMINISTROS ARCENSES, SOCIEDAD LIMITADA
MAÍNEZ SUMINISTROS INDUSTRIALES, SOCIEDAD LIMITADA
MAÍNEZ BENÍTEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 6722 a 6722 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-6338

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y demás normativa de aplicación, se hace público que la Junta General Universal de socios de Maínez Maínez Corporación, S.L., celebrada el 22 de marzo de 2010, aprobó la fusión por absorción de las Sociedades Suministros Arcenses, Sociedad Limitada, Maínez Suministros Industriales, Sociedad Limitada, y Maínez Benítez, Sociedad Anónima, traspasando en bloque sus patrimonios (bienes, derechos y obligaciones) a la mercantil ya existente Maínez Maínez Corporación, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), adquiriendo ésta por sucesión universal el patrimonio de las Sociedades Absorbidas que quedarán extinguidas y disueltas sin liquidación, manteniendo la absorbente su denominación social, su órgano de administración, y su objeto social.

La fusión se acordó en base al Proyecto Común de Fusión formulado, aprobado y suscrito por unanimidad de los administradores de la sociedades intervinientes en la operación de fusión, el cual fue debidamente depositado en el Registro Mercantil de Cádiz el día 12 de febrero de 2010, y que también fue aprobado por la Junta General.

Dado que todas las sociedades participantes en la fusión se hayan íntegramente participadas de manera directa por el mismo socio, resulta de aplicación a la operación de fusión proyectada el procedimiento especial previsto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, lo que permite que la fusión se lleve a cabo sin aprobación de las Juntas Generales de las Sociedades Absorbidas.

Las operaciones de las Sociedades Absorbidas se considerarán, a efectos contables, realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2010.

Se comunica el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, en su caso, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 de la Ley de modificaciones estructurales. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Cádiz, 22 de marzo de 2010.- Don Antonio Maínez Rodríguez, Administrador Único de Maínez Maínez Corporación, S.L., Suministros Arcenses, S.L., Maínez Suministros Industriales, S.L., y Maínez Benítez, S.A.

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