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Documento BORME-C-2010-8847

EMBOTITS ARTESANS CAN DURÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DISREL TRADE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 9401 a 9401 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-8847

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público a los efectos oportunos que la sociedad Embotits Artesans Can Duran, S.A. (sociedad escindida), ha acordado su escisión parcial mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de los derechos y obligaciones que dimanan del contrato de arrendamiento financiero inmobiliario suscrito el 22 de julio de 2005 ante el Notario de Vic don José Vilana Espejo, con el número 1.337 de su protocolo con la entidad BANCAJA sobre el edificio industrial ubicado en la calle Gurri, número 2, del Polígono Industrial Montmany de Seva (Barcelona), a favor de la sociedad Disrel Tradae, S.L. (sociedad beneficiaria de la escisión). La parte de patrimonio escindido forma una unidad económica.

Los acuerdos de escisión han sido adoptados en juntas universales celebradas en ambas sociedades el día 8 de abril de 2010.

La sociedad escindida ha reducido su capital social como consecuencia de la escisión. A su vez, la sociedad beneficiaria de la escisión ha ampliado su capital social siendo asumidas las nuevas participaciones por los accionistas de la escindida proporcionalmente a su respectiva participación en esta última.

La operación de escisión se ha acogido al régimen fiscal especial mencionado en el capítulo VIII del título VIII de la Ley sobre el Impuesto de Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la antes mencionada Ley 3/2009.

Seva, 8 de abril de 2010.- Ángel Durán Piñana, Administrador Único de la sociedad escindida y de la beneficiaria de la escisión.

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