El Consejo de Administración de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima (la "Sociedad" o la "Compañía"), en sesión celebrada el 13 de abril de 2011, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará, en primera convocatoria, el día 16 de mayo de 2011, a las doce horas, en el hotel Auditórium Madrid, Avenida de Aragón, número 400, 28022, Madrid y, en su caso, en segunda convocatoria el día 17 de mayo de 2011, en el mismo lugar y hora (previsiblemente la Junta se reunirá en segunda convocatoria, salvo que otra cosa se anuncie en prensa con antelación suficiente) al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente
Orden del día
Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y el Informe de Gestión de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2010.
Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales consolidadas (Estado de situación financiera consolidado, cuenta de resultados consolidada, estado del resultado global consolidado, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado y memoria consolidada) y del Informe de Gestión Consolidado del Grupo Consolidado de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2010.
Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2010.
Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima durante el ejercicio 2010.
Quinto.- Modificación de los Estatutos Sociales: 5.1. Modificación de los artículos 1 (Denominación social), 6 (Representación de las acciones), 8 (Condición de socio. Derechos inherentes a dicha condición), 10 (Usufructo de acciones), 11 (Prenda y embargo de acciones), 12 (Transmisión de acciones), 13 (Dividendos pasivos), 15 (Aumento de capital), 19 (Amortización forzosa), 23 (Órganos de la sociedad), 25 (Clases de Juntas Generales), 26 (Convocatoria de las Juntas Generales), 27 (Lugar y tiempo de celebración), 31 (Representación para asistir a las juntas), 32 (Derecho de información), 35 (Deliberación y adopción de acuerdos), 40 (Designación de cargos en el Consejo de Administración), 46 (Retribución de los consejeros), 47 (Órganos delegados del consejo), 48 (Comité de Auditoría; Composición, competencias y funcionamiento), 54 (Contenido de las cuentas anuales), 55 (Informe de gestión), 58 (Depósitos de las cuentas anuales), 59 (Aplicación de resultados anuales), 60 (Cantidades a cuenta de dividendos), 61 (Causas de disolución), 62 (Liquidación) y 63 (Prohibiciones e incompatibilidades) e inclusión de un nuevo artículo 48 bis (Comisión de Nombramientos y Retribuciones; Composición, competencias y funcionamiento) de los estatutos de la sociedad, con objeto de adaptar su contenido a las modificaciones introducidas por (i) el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital; (ii) Real-Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y creación de empleo; (iii) la Ley 12/2010, de 30 de junio, que modificó la Ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas, la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre y (iv) la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. 5.2. Modificación del artículo 18 (Reducción de capital) e inclusión de nuevo artículo 59 bis (Dividendos en especie) en los Estatutos Sociales para posibilitar el pago en especie. 5.3. Modificación del artículo 33 (Voto a distancia) de los Estatutos Sociales con la finalidad de adaptar los Estatutos Sociales a la política de austeridad implantada por la Sociedad. 5.4. Modificación del artículo 39 (Duración de cargos) de los Estatutos Sociales con objeto de adaptar su contenido a las modificaciones introducidas por el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y reducir la duración del mandato.
Sexto.- Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad: 6.1 Modificación del "Preámbulo" y los siguientes artículos del Reglamento de la Junta: 4 (Clases de Juntas Generales), 5 (Competencias de la Junta General), 6 (Convocatoria de la Junta General), 7 (Anuncio de Convocatoria), 8 (Puesta a disposición de información desde la fecha de la convocatoria en la página web de la Sociedad), 9 (Derecho de información previo a la celebración de la junta general), 13 (Solicitud pública de representación), 14 (Planificación, medios y lugar de celebración de la junta general), 25 (Votación de las propuestas de acuerdos) y 26 (Adopción de Acuerdos y finalización de la Junta), con objeto de adaptar su redacción a la modificación de estatutos operada en el apartado anterior del orden del día y a las últimas reformas legislativas. 6.2. Modificación del artículo 24 del Reglamento de la Junta General (Votación a través de medios de comunicación a distancia) con objeto de adaptar su redacción a la modificación estatuaria operada en el punto 5.3. del Orden del Día.
Séptimo.- Consejo de Administración: Reelección y fijación de consejeros.
Octavo.- Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias directamente o a través de Sociedades del Grupo, de conformidad con la normativa vigente, dejando sin efecto las anteriores autorizaciones conferidas, a los mismos fines, por la Junta General.
Noveno.- Reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, con exclusión del derecho de oposición de acreedores, dando nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social.
Décimo.- Autorización al Consejo de Administración para que, conforme a lo dispuesto en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, pueda realizar aumentos de capital, durante el plazo de cinco años, hasta la cantidad máxima de la mitad del capital social en el momento de la autorización, en una o varias veces, mediante la emisión de nuevas acciones, con o sin voto. Delegar igualmente en el Consejo de Administración, en los términos establecidos en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, la posibilidad de excluir el derecho de suscripción preferente, si el interés de la sociedad así lo exigiera.
Undécimo.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de emitir valores de renta fija simple o instrumentos de deuda de análoga naturaleza (incluyendo cédulas, pagarés o warrants), así como valores de renta fija convertibles y/o canjeables en acciones de la Sociedad. En relación con los valores de renta fija convertibles y/o canjeables en acciones de la Sociedad, fijación de criterios para la determinación de las bases y modalidades de la conversión y/o canje y atribución al Consejo de Administración de las facultades de aumentar el capital en la cuantía necesaria, así como de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas.
Duodécimo.- Fijación de la retribución del Consejo de Administración de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima, para el ejercicio 2011.
Decimotercero.- Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta, así como para sustituir las facultades que reciba de la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público de tales acuerdos.
Decimocuarto.- Someter a votación consultiva el Informe sobre la política de retribuciones del Consejo de Administración de Solaria Energía y Medio Ambiente, Sociedad Anónima.
Decimoquinto.- Aprobación, si procede, del acta de la Junta, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 202 de la Ley de Sociedades de Capital o, en su caso, aplicación de lo previsto en el artículo 203 del mismo texto legal.
Después de la exposición de los asuntos que se comprenden en el Orden del Día se dará cuenta a la Junta de la presentación del Informe explicativo sobre los elementos contemplados en el artículo 116 bis de la Ley del Mercado de Valores. 1. Complemento de la Convocatoria de la Junta General De acuerdo con lo establecido en el artículo 172.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de Junta General incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día. A estos efectos, los accionistas deberán indicar el número de acciones de las que son titulares a que representan. Los accionistas que deseen ejercer este derecho, deberán remitir dicho complemento mediante notificación fehaciente que deberá recibirse en el domicilio social a la atención de la Secretaría General (calle Princesa, número 2, 28008 de Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. El complemento de la convocatoria se publicará con quince días de antelación, como mínimo, a la fecha señalada para la celebración de la Junta en primera convocatoria. 2. Foro Electrónico del Accionista De conformidad con el artículo 528.2 de la Ley de Sociedades de Capital, desde la publicación de esta convocatoria y hasta las doce horas del 16 de mayo de 2011, se habilitará en la página web de la Sociedad un Foro Electrónico de Accionistas al que podrán acceder tanto los accionistas como las asociaciones voluntarias constituidas e inscritas en el Registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. En la página web de la Sociedad están disponibles las normas y condiciones de funcionamiento y utilización del foro, aprobadas por el Consejo de Administración, que los accionistas deberán cumplir. Para acceder al Foro el accionista deberá acreditar tal condición mediante: (i) el Documento Nacional de Identidad Electrónico o (ii) un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. En el Foro, conforme a la Ley y a las normas de utilización aprobadas por el Consejo de Administración, los accionistas podrán publicar propuestas que pretendan presentarse como complemento al orden del día anunciado, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria. 3. Derecho de Información Cualquier accionista que lo desee podrá examinar en el domicilio social, consultar la página web de la Sociedad (www.solariaenergia.com) y solicitar la entrega o envío inmediato y gratuito, de la siguiente información: - El texto íntegro de la convocatoria de la Junta General. - El texto íntegro de las propuestas de acuerdos, correspondientes a todos los puntos del Orden del Día de la Junta General, formuladas por el Consejo de Administración. - Las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe de los auditores correspondiente al Ejercicio 2010, así como las cuentas consolidadas, el informe de gestión del Grupo y el informe de los auditores relativos al mismo ejercicio. - La declaración de responsabilidad sobre las cuentas anuales. - Las reglas aplicables para la delegación del voto a través de medios de comunicación a distancia. - Los informes de los administradores necesarios para la adopción de los acuerdos comprendidos en el Orden del Día que así lo requieren. - El Informe Especial sobre Política de Retribución de Consejeros. - El Informe Anual sobre Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2010, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 22 de febrero de 2011. - El Informe Anual del Comité de Auditoría correspondiente al ejercicio 2010. - El informe explicativo de la información adicional incluida en el Informe de Gestión conforme al artículo 116 bis de la Ley del Mercado de Valores. 4. Derecho de Asistencia Podrán asistir a la Junta los accionistas titulares de, al menos, setecientas acciones (700), que las tengan inscritas en el correspondiente registro contable con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la Junta. A fin de acreditar su titularidad y de acuerdo con lo establecido en los Estatutos Sociales, los accionistas deberán solicitar, desde la publicación de la convocatoria hasta la celebración de la Junta, a las entidades adheridas al correspondiente registro contable, el certificado de legitimación o tarjeta de asistencia a la misma. Los accionistas titulares de menos de setecientas acciones podrán agruparse y conferir su representación a otros accionistas, de manera que así completen, al menos, setecientas acciones. La agrupación deberá llevarse a cabo con carácter especial para esta Junta General y constar por escrito. 5. Procedimiento para Conferir la Representación y Ejercer el Derecho de Voto por Medios de Comunicación a Distancia. El Consejo de Administración, al amparo de la habilitación conferida por los artículos 33 de los Estatutos Sociales y 24 del Reglamento de la Junta, ha autorizado el siguiente procedimiento y requisitos para el ejercicio de los derechos de representación y voto por medios de comunicación a distancia en la Junta General de Accionistas: 5.1. Representación a Través de Medios de Comunicación a Distancia. Los accionistas que no asistan a la Junta podrán delegar su representación en otra persona que no necesitará ser accionista, por cualquiera de los medios que se indican seguidamente. 5.1.1. Entrega o correspondencia postal La representación se conferirá rellenando el apartado incluido a tal efecto en la tarjeta de asistencia. La tarjeta, debidamente cumplimentada y firmada con firma autógrafa, deberá remitirse por correspondencia postal o entregarse en mano en el domicilio social de la Sociedad (calle Princesa, número 2, 28008 - Madrid). Se entenderá conferida a favor del Presidente del Consejo de Administración, o el miembro del Consejo que éste designe, toda delegación de representación que no contenga expresión nominativa de la persona en quien se delega. No se podrá tener en la Junta más que un representante. 5.1.2. Medios electrónicos La representación podrá otorgarse electrónicamente a través del sistema habilitado al efecto en la página web de la Sociedad (www.solariaenergia.com). En la misma se explica detalladamente el procedimiento a seguir por los accionistas para el ejercicio de este derecho. El accionista que desee utilizar este procedimiento de delegación, deberá acreditar su identidad mediante DNI electrónico o un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. 5.1.3. Acreditación de la representación El representante designado que asista a la Junta deberá acreditar su identidad en la misma forma exigida a los accionistas asistentes. El representante sólo podrá ejercer la representación y voto mediante su presencia física en la Junta. 5.2. Voto por Medios de Comunicación a Distancia Los accionistas podrán ejercitar su derecho de voto, sin necesidad de asistir a la Junta General, utilizando los medios que seguidamente se indican. Los accionistas que emitan así su voto serán considerados como presentes a los efectos de la Constitución de la Junta. 5.2.1. Entrega o correspondencia postal El ejercicio del derecho de voto por este procedimiento se realizará rellenado el apartado incluido al efecto en la tarjeta de asistencia, que podrá entregarse en la entidad depositaria de las acciones que la hubiese expedido, para su ulterior remisión por ésta a la Sociedad, o bien podrá entregarse en el domicilio social de la propia Sociedad (calle Princesa, 2, 3ª Planta, 28008 - Madrid) o remitirse a dicho domicilio social por correspondencia postal. En caso de que en la tarjeta de asistencia no se indique por el accionista el sentido de su voto, se entenderá que el accionista vota a favor de cada una de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con el orden del día publicado en la convocatoria. 5.2.2. Medios electrónicos El voto podrá emitirse a través del sistema habilitado al efecto en la página web de la Sociedad (www.solariaenergia.com). En la misma se explica detalladamente el procedimiento a seguir por los accionistas para el ejercicio de este derecho. El accionista que desee utilizar este procedimiento de voto, deberá acreditar su identidad mediante DNI electrónico o mediante un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. 5.3. Normas Comunes al Ejercicio de los Derechos de Representación y de Voto por Medios de Comunicación a Distancia. 5.3.1. Tarjeta de asistencia El documento electrónico de delegación de representación o emisión de voto tendrá, a los efectos de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en esta convocatoria, la consideración de certificado de legitimación o tarjeta de asistencia. La Sociedad se reserva el derecho de contrastar la información proporcionada por cada accionista con la que facilite la entidad encargada del registro contable de las acciones de la Sociedad (Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal –Iberclear-). En caso de discrepancia entre el número de acciones comunicado por el accionista que emite su delegación o voto mediante comunicación electrónica y el que conste en los registros de anotaciones en cuenta que comunique Iberclear, se considerará válido, a efectos de quórum y votación, el número de acciones comunicado por Iberclear. 5.3.2. Personas Jurídicas En caso de accionistas personas jurídicas, la Sociedad se reserva el derecho de requerir evidencia de la suficiencia y vigencia del poder de la persona física que actúa en representación del accionista. 5.3.3. Plazo de recepción por la Sociedad Para su validez, tanto las alegaciones conferidas como los votos emitidos por medios de comunicación a distancia deberán recibirse por la Sociedad antes de las veinticuatro horas del día anterior a la fecha prevista para la celebración, en primera convocatoria, de la Junta General. 5.3.4. Revocación y prelación. i. La asistencia física a la Junta del accionista, así como la que se derive del voto emitido a distancia, supone la revocación de cualquier delegación de representación, cualquiera que sea la fecha de ésta. ii. La representación y el ejercicio del derecho de voto son siempre revocables, debiendo efectuarse de forma expresa y a través del mismo medio empleado para su emisión, dentro del plazo establecido para dicha emisión. iii. La emisión de voto por medio electrónico prevalecerá, en todo caso, sobre la que el mismo accionista efectúe mediante entrega o correspondencia postal y hará ineficaz la representación que otorgue por cualquiera de los medios admitidos. 5.3.5. Responsabilidad de la custodia del certificado electrónico y de los dispositivos de creación de firma i. Es responsabilidad exclusiva del accionista la utilización responsable de sus datos de creación de firma electrónica y la custodia del certificado electrónico para el ejercicio de sus derechos de representación o voto a distancia por medio electrónico. ii. Corresponde al accionista que utilice la firma electrónica la prueba de que el certificado electrónico utilizado no ha sido revocado o suspendido, ni está caducado o inutilizado de cualquier otro modo en el momento de generar la firma electrónica. 5.3.6. Disponibilidad del servicio i. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. ii. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas en las líneas de comunicación, fallos de conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que pudieran dificultar o impedir al accionista el ejercicio de sus derecho de voto o representación a distancia. 5.3.7. Protección de datos Los datos de carácter personal que los accionistas o representantes de los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de información, asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y Sociedades y Agencias de Valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de Iberclear, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial, y en su caso de la representación existente. Asimismo, se informa a los accionistas o representantes de los accionistas que dichos datos se incorporarán a un fichero automático propiedad de la Sociedad sobre el que los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, mediante comunicación escrita dirigida a la Sociedad (Princesa, 2, 28008 – Madrid). 6. Intervención de Notario en la Junta El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades Capital. Se hace constar que de acuerdo con la experiencia de años anteriores, la celebración de la Junta se llevará a cabo previsiblemente en segunda convocatoria, es decir, el día 17 de mayo de 2011. De no ser así, se anunciará en prensa con antelación suficiente.
Madrid, 13 de abril de 2011.- Don Manuel de Vicente-Tutor Rodríguez, Secretario del Consejo de Administración.
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