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Se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas el 3 de enero de 2011, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión por absorción de "Arromuti, S.L. Sociedad unipersonal" (sociedad absorbida), por "Sejal Inversiones, S.L." (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la sociedad absorbida. La fusión, tiene, en consecuencia, carácter de impropia.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 11 de abril de 2011.- Los Administradores de "Sejal Inversiones, S.L." y "Arromuti, S.L. Unipersonal", Juan Luis Contín Otegui y Francisco Javier Egozcuezábal Eslaba.
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