Está Vd. en

Documento BORME-C-2011-1121

BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 1170 a 1182 (13 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-1121

TEXTO

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas. Por acuerdo del Consejo de Administración de Banco Español de Crédito, S.A., se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria a celebrar el día 23 de febrero de 2011, a las 12:00 horas, en primera convocatoria, en Madrid, Paseo de la Castellana, número 33 y, en su caso, el día siguiente, 24 de febrero, a la misma hora y lugar, en segunda convocatoria, (siendo lo habitual que la Junta se celebre en primera convocatoria) con el fin de que los señores accionistas puedan deliberar y resolver sobre los puntos primero a octavo, así como votar con carácter consultivo el punto noveno, del siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) e Informe de Gestión de Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima y de su Grupo Consolidado, así como de la Gestión Social, todo ello correspondiente al Ejercicio de 2010.

Segundo.- Examen y aprobación de la propuesta de aplicación del resultado del Ejercicio 2010.

Tercero.- Fijación del número de consejeros para el ejercicio 2011. Ratificación de nombramientos y reelección de Consejeros. Tercero A. Fijación en catorce del número de miembros del Consejo de Administración para el ejercicio 2011. Tercero B. Ratificación del nombramiento como Consejero Dominical de D. Antonio Basagoiti García-Tuñón, llevado a cabo por cooptación por el Consejo de Administración. Tercero C. Ratificación del nombramiento como Consejero Externo de D. José Corral Lope, llevado a cabo por cooptación por el Consejo de Administración. Tercero D. Ratificación del nombramiento como Consejero Independiente de D. Alfonso Líbano Daurella, llevado a cabo por cooptación por el Consejo de Administración. Tercero E. Ratificación del nombramiento como Consejero Dominical de D. Juan Guitard Marín, llevado a cabo por cooptación por el Consejo de Administración. Tercero F. Reelección como Consejero Ejecutivo de D. José Antonio García Cantera. Tercero G. Reelección como Consejero Ejecutivo de D. Juan Delibes Liniers. Tercero H. Reelección como Consejero Dominical de D. Matías Rodríguez Inciarte.

Cuarto.- Reelección de Auditores de cuentas.

Quinto.- Aprobación, en su caso, de nuevos Estatutos sociales y derogación de los Estatutos vigentes.

Sexto.- Aprobación de la modificación de los siguientes artículos del Reglamento de la Junta General de Accionistas: Preámbulo (para incluir la justificación de las modificaciones basadas en la entrada en vigor de la Ley 3/2009 de 3 de abril y el Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio); Artículo 1 (se incluye la obligatoriedad de las decisiones de la Junta a los accionistas que no dispongan de derechos de voto); Artículo 2 (se mejora la redacción y se incorpora un párrafo 4 similar al párrafo 4 del artículo 42 de los nuevos Estatutos propuestos); Artículo 3 (se modifica para ajustar su contenido al recogido en el artículo 43 de los nuevos Estatutos propuestos); Artículo 4 (se modifica el primer párrafo para recoger los supuestos recogidos en el artículo 171 de la Ley de Sociedades de Capital. El apartado c) y último apartado de este artículo se modifica para incluir lo dispuesto en los artículos 168 y 169 de la Ley de Sociedades de Capital); Artículo 5 (se modifica para incluir la modificación del artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre; en el apartado 2.a) se incluye la necesidad de incorporar en la convocatoria el nombre de la sociedad; Artículo 6 (se incluye un apartado i) para recoger la mención del Foro Electrónico de Accionistas regulado en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital); Artículo 7 (en el apartado 1 se aclara que las preguntas deben ser por escrito, conforme a lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital; se incluye también un apartado 4 congruente con lo dispuesto en el citado artículo; se incluye también en el apartado 5 la referencia al Foro electrónico de Accionistas); Artículo 9 (se quitan las referencias a la Ley de Sociedades Anónimas y se ajusta el texto al contenido de la Ley de Sociedades de Capital ; en los apartados 3 y 6 se recoge el contenido de lo dispuesto en el artículo 48 de los nuevos Estatutos propuestos); Artículo 10 (se modifica el primer apartado para ajustar la referencia a la numeración de los nuevos Estatutos propuestos y se aclara el apartado 3 de este artículo); Artículo 11 (se ajusta la referencia del apartado segundo y cuarto a la numeración de los nuevos Estatutos propuestos y, en el apartado 4, se incluye la designación del secretario en los supuestos de convocatoria judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 170 de la Ley de Sociedades de Capital); Artículo 12 (se incluye en el apartado primero un segundo párrafo recogiendo el contenido del artículo 175 de la Ley de Sociedades de Capital y se aclara la función de la presidencia en el último párrafo del apartado 5 de este artículo. El párrafo segundo del apartado 6 y el apartado 8 se ajustan para recoger el contenido de lo dispuesto en el artículo 49 de los nuevos Estatutos propuestos); Artículo 16 (se adaptan las referencias a la Ley de Sociedades Anónimas a la nueva Ley de Sociedades de Capital); Artículo 17 (se ajustan las referencias a la numeración de los nuevos Estatutos propuestos); Artículo 18 (se introduce un apartado 3 nuevo para incluir lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 53 de los nuevos Estatutos propuestos sobre la votación separada de los diferentes puntos del orden del día); Artículo 19 (las modificaciones recogen los cambios recogidos en el artículo 201 de la Ley de Sociedades de Capital, recogidas igualmente en el artículo 56 de los nuevos Estatutos); Artículo 21 (recoge el contenido de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 57 de los nuevos Estatutos); se introduce un nuevo Capítulo V relativo al Foro Electrónico de Accionistas con un nuevo artículo 24 que recoge la obligación legal establecida en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital.

Séptimo.- Remuneración de administradores mediante entrega de acciones.

Octavo.- Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución, sustitución de facultades y adaptación de los acuerdos que se adopten por la Junta.

Noveno.- Informe sobre la política de retribuciones de los consejeros.

Décimo.- Presentación, a efectos informativos, del Informe Anual complementario del informe de gestión, regulado en el artículo 116 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Undécimo.- Información a la Junta General de Accionistas sobre las modificaciones introducidas en el Reglamento del Consejo de Administración.

Intervención de Notario en la Junta El Acta de la reunión de la Junta General Ordinaria será extendida por Notario público requerido al efecto por los Administradores, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital en relación con lo establecido en el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil, artículo 39 de los Estatutos sociales y artículo 21 del Reglamento de la Junta General. Complemento de la Convocatoria De conformidad con el artículo 172 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en la entidad, Unidad de Relaciones con Accionistas, Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, n.º 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Requisitos para la delegación, votación, asistencia y ejercicio del derecho de información en la Junta General Criterio General De conformidad con los artículos 29 y 30 de los Estatutos Sociales y con el artículo 179 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, tendrán derecho a asistir y votar en la Junta General los titulares de cualquier número de acciones inscritas a su nombre en el correspondiente registro contable, con cinco días de antelación a la fecha señalada para la celebración de la Junta. Los asistentes a la Junta General tendrán un voto por cada acción que posean o representen. En el domicilio social (Avenida Gran Vía de Hortaleza, núm. 3, Unidad de Relaciones con Accionistas, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid) o en cualquiera de las sucursales de la Sociedad, se entregará a los accionistas que lo soliciten y tengan derecho de asistencia una tarjeta de admisión nominativa y personal, en la que conste el número de acciones que posean y el de votos que a ellas correspondan, que les permitirá ejercitar cuantos derechos les son propios como accionistas. En cuanto a la delegación, voto y asistencia a distancia, el Consejo de Administración, en uso de la habilitación expresa recogida en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en los artículos 30, 37 bis y 37 ter, de los Estatutos Sociales y en los artículos 9, 17 y 23 del Reglamento de la Junta General, ha adoptado el correspondiente acuerdo determinando el procedimiento, requisitos, sistema y plazo para el otorgamiento y remisión a la Sociedad por medios electrónicos o telemáticos, de las representaciones o delegaciones, así como para el ejercicio a distancia de los derechos de voto, asistencia, información, intervención y propuesta. Para el ejercicio de estos derechos por los medios descritos, y sin perjuicio de lo que posteriormente se indicará, deberá utilizarse una firma electrónica basada en un certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación. Para la obtención de este certificado, el accionista deberá acudir a cualquier sucursal de la Sociedad provisto de su documento de identidad oficial, en caso de personas físicas, y con poder bastante, en caso de personas jurídicas, donde se le darán las instrucciones precisas para su obtención así como para la firma electrónica de la delegación, intervención o voto. Igualmente, el accionista podrá informarse de los requisitos concretos para la obtención del correspondiente certificado consultando la página Web de la Sociedad (www.banesto.es/webcorporativa), mediante la remisión de un correo electrónico a la dirección accionistas@banesto.es, o en el Servicio de Atención al Accionista (Telf.: 902.123.230). Las reglas concretas desarrolladas por el Consejo de Administración en el indicado acuerdo han sido establecidas del siguiente modo: Delegación y voto Delegación.- ­De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta General, cada accionista con derecho a voto en la Junta General podrá ser representado por un mandatario, con tal de que éste, siendo accionista de la Sociedad, forme parte de la Junta. El apoderamiento se podrá hacer constar: (i) Mediante entrega o correspondencia postal: Para conferir su representación mediante entrega o correspondencia postal, los accionistas deberán remitir a la Sociedad (entregándola en una sucursal del Banco o dirigiéndola a la Unidad de Relaciones con Accionistas, Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, n.º 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid) el soporte papel en que se confiera la representación, o la tarjeta de asistencia a la Junta, expedida por el Banco, debidamente firmada y cumplimentada en el apartado que contiene la fórmula impresa para conferir la representación, y en la que consta la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas. En la tarjeta consta el Orden del Día. La delegación a distancia en forma escrita a través del uso de la tarjeta de asistencia emitida por el Banco podrá llevarse a cabo siguiendo un procedimiento similar al de Juntas anteriores, para lo cual el accionista deberá seguir las instrucciones recogidas en la tarjeta. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de los Estatutos sociales y en el artículo 8 del Reglamento de la Junta General, los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas, pero que actúen por cuenta de clientes distintos, podrán solicitar tantas tarjetas de asistencia como clientes por cuya cuenta actúen cuando fuera necesario para cumplir las instrucciones de aquellos, para lo cual deberán acreditar a la Sociedad (Unidad de Relaciones con Accionistas, Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, n.º 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid) su condición de intermediarios financieros, conforme a la legislación que les sea aplicable, y justificar y declarar bajo su responsabilidad a la Sociedad la existencia de instrucciones concretas recibidas de sus clientes sobre el sentido y personalidad de la delegación o voto a conferir. Los requisitos que han de cumplir los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas, pero que actúen por cuenta de clientes distintos, para solicitar tantas tarjetas de asistencia como clientes por cuya cuenta actúen, pueden consultarse en la página Web de la Sociedad (www.banesto.es/webcorporativa), (ii) Mediante medios electrónicos: Al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta, los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación en otra persona accionista de la Sociedad con derecho de asistencia, a través de medios de comunicación electrónica o telemática a distancia. Para hacer uso de esta facultad, el accionista delegante deberá obtener previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, por el procedimiento descrito anteriormente. La delegación con firma electrónica por parte del accionista con derecho de asistencia se deberá realizar a través de la página Web del Banco, siguiendo las instrucciones que al efecto aparecen especificadas en cada una de las pantallas del programa elaborado para su ejercicio. La delegación electrónica deberá realizarse, al menos, cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria, en consecuencia, antes de las 24 horas del día 18 de febrero de 2011. Cualquiera que sea el sistema de delegación elegido, el accionista en quien se delegue deberá dejar constancia ante el Banco de la aceptación de la representación encomendada. Para ello, deberá constar la firma del aceptante en el espacio reservado al efecto en la tarjeta de asistencia o en el documento en que se confiera la representación. Si la delegación se ha efectuado utilizando medios electrónicos o telemáticos, la aceptación del representante se deberá hacer a través del programa habilitado al efecto en la página Web del Banco, utilizando una firma electrónica basada en el certificado electrónico emitido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, que el accionista aceptante podrá obtener por el procedimiento indicado anteriormente. En este último supuesto, el accionista deberá comunicar a su representante la representación conferida para que éste pueda aceptar o rechazar la delegación electrónicamente. Cuando la representación se confiera al Sr. Presidente, a algún Consejero, o a la Secretaria del Consejo de Administración, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción de dicha delegación electrónica. En el caso de que se opte por no delegar en un accionista determinado pero, sin embargo, se desee estar representado en la Junta, el Sr. Presidente del Consejo de Administración se ocupará de que todas las acciones del accionista que lo desee estén debidamente representadas conforme a las instrucciones que, a efectos del ejercicio de su derecho de voto, tenga a bien indicar en los espacios habilitados al efecto en la tarjeta, caso de utilizar este medio, o marcando y en su caso enviando, las correspondientes instrucciones, por vía telemática en el apartado habilitado al efecto en la página Web del Banco. En caso de que el Presidente se encontrase en situación de conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta, la representación se entenderá conferida a la Secretaria del Consejo en su calidad de accionista con derecho de asistencia. No se podrá tener en la Junta más que un representante y la no asistencia a la Junta, ya fuera física o a distancia, del accionista representante, determinará que las acciones que represente no entren en el cómputo del quórum. La representación es siempre revocable. La asistencia del accionista a la Junta, física o a través de medios de comunicación a distancia, así como la que se derive del voto emitido a distancia, supone la revocación de cualquier delegación, cualquiera que sea la fecha de ésta. Voto.- De conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en uso de la facultad delegada por el artículo 37 bis de los Estatutos sociales y el artículo 17 del Reglamento de la Junta General y, al igual que para la delegación, el accionista podrá ejercitar su derecho a voto en la Junta General utilizando los siguientes medios: (i) Mediante correspondencia postal: Para el ejercicio del derecho a voto a distancia por estos medios, el accionista deberá remitir la tarjeta obtenida de la sociedad (entregándola en una sucursal del Banco o dirigiéndola a la Unidad de Relaciones con Accionistas, Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, nº 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid), debidamente cumplimentada y firmada en el espacio reservado al voto. (ii) Mediante medios electrónicos: Al amparo de lo dispuesto en los artículos 189, apartados 2 y 3, y 182 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta, los accionistas con derecho de asistencia podrán ejercitar igualmente su derecho de voto a través de medios electrónicos. Para ello, el accionista deberá obtener previamente el certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, y ejercitar su derecho de voto a través del programa elaborado al efecto y que se sigue a través de la página Web del Banco. El accionista con derecho de asistencia que ejercite su derecho a votar electrónicamente y que, a su vez, haya aceptado previamente delegaciones de voto a su favor de otros accionistas, debe conocer que le serán computados los votos de sus representados de conformidad con las instrucciones de éstos. Si deseara votar en sentido distinto de las instrucciones recibidas, deberá asistir físicamente a la Junta. El campo correspondiente a la votación de puntos no comprendidos dentro del Orden del Día de la presente Junta General, al ser puntos que sólo pueden plantearse durante el transcurso de la celebración de la Junta, es una función que sólo estará activa durante la celebración del acto, pudiendo ejercitarse por aquellos accionistas que se hubieran conectado para asistir a distancia a la Junta. El voto a distancia por cualquiera de los sistemas indicados no será válido si no se recibe por la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria, en consecuencia, antes de las 24 horas del día 18 de febrero de 2011. Con posterioridad a este plazo, sólo se admitirán los votos remitidos por correspondencia postal cuya emisión sea anterior a su vencimiento pero que se reciban con posterioridad. Los accionistas que emitan su voto en los términos indicados serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta. En consecuencia, las delegaciones emitidas con anterioridad se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas. El voto emitido a distancia sólo podrá dejarse sin efecto por revocación posterior y expresa efectuada por el mismo medio empleado para la emisión y dentro del plazo establecido para ésta; por asistencia a la reunión del accionista que lo hubiera emitido, bien físicamente, bien a través de los medios de comunicación a distancia a que se refiere el articulo 37 ter de los Estatutos Sociales y el artículo 23 del Reglamento de la Junta General; o por la venta de las acciones, cuya titularidad confiere el derecho al voto, de que tenga conocimiento la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta. De acuerdo con las reglas descritas en este apartado y en los anteriores, la asistencia física a la Junta prevalece frente a cualquier actuación anterior ya sea electrónica o a distancia. Asistencia Los accionistas que tengan este derecho podrán asistir a la reunión de la Junta General convocada, en el lugar indicado en la convocatoria, bien físicamente o, conforme al acuerdo adoptado al efecto por el Consejo de Administración de conformidad con lo establecido en los artículos 37 ter de los Estatutos Sociales y 23 del Reglamento de la Junta General de Accionistas, utilizando medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia, para lo cual deberán haber obtenido previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, por el procedimiento descrito anteriormente y ejercitar su derecho a asistencia por medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia a través del programa elaborado al efecto y que se sigue a través de la página Web del Banco (www.banesto.es/webcorporativa). El registro como accionista asistente a la Junta, habiendo votado o delegado su representación con anterioridad, revoca dichas actuaciones. La asistencia de los accionistas a la Junta utilizando medios electrónicos o telemáticos se ajustará a las siguientes reglas: a) La conexión al sistema de seguimiento de la Junta, deberá realizarse desde las 9:30 horas hasta las 11:30 horas del día de la celebración de la reunión. Transcurrida la hora límite fijada al efecto, no se considerará presente al accionista que inicie la conexión con posterioridad, aunque sí podrá seguir la celebración del acto. b) El voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en el Orden del Día de la sesión podrá emitirse a partir del momento en que la Presidencia de la Junta declare su válida constitución y realice una indicación en tal sentido, y hasta el momento señalado al efecto por la Presidencia. c) El voto de las propuestas sobre asuntos no comprendidos en el Orden del Día deberá emitirse en el intervalo de tiempo que señale al efecto la Presidencia, una vez que se formule la propuesta y se estime que la misma ha de ser sometida a votación. A tal efecto, se asignará a cada propuesta un número, con el objeto de que pueda ser votada electrónicamente a través de la página Web. d) Los accionistas asistentes a distancia podrán ejercer su derecho de información formulando las preguntas o solicitando las aclaraciones que consideren pertinentes, siempre que se refieran a asuntos comprendidos en el Orden del Día. Estas peticiones de información podrán formularse antes de la celebración de la Junta o en el curso de la reunión, pero en este último caso, se contestarán por escrito en el plazo de los siete días siguientes a la celebración de la Junta. Las intervenciones que conforme a la Ley tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios electrónicos o telemáticos, y de las que se desee su debida constancia en Acta, deberán contener el nombre y apellidos del autor, el número de acciones, la representación de que, en su caso, sea titular, y la intervención que se formule, y enviarse por medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia a través del programa elaborado al efecto y que se sigue a través de la página Web del Banco (www.banesto.es/webcorporativa) para lo cual, deberán haber obtenido previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, por el procedimiento descrito en el apartado "Criterio General" de la presente convocatoria. e) Los accionistas asistentes a distancia que deseen formular propuestas de acuerdos no comprendidos en el Orden del Día, podrán hacerlo por el procedimiento descrito anteriormente, si representan, al menos, el cinco por ciento del capital social. Si la propuesta se refiere a un acuerdo cuya votación no requiera la iniciativa de accionistas que representen este porcentaje, deberá comunicarse a la sociedad, como mínimo, con 3 días de antelación a la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria, en consecuencia, antes de las 24 horas del día 20 de febrero de 2011, con indicación del nombre y apellidos del autor, el número de acciones y la representación de que, en su caso, sea titular y la propuesta que formule. Las propuestas, con el contenido indicado, se remitirán a la entidad por medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia a través del programa elaborado al efecto y que se sigue a través de la página Web del Banco (www.banesto.es/webcorporativa). Para ello, el accionista proponente deberá haber obtenido previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad, como entidad prestadora de servicios de certificación. El certificado podrá obtenerse por el procedimiento descrito en el apartado "Criterio General" de la presente convocatoria. f) Si por circunstancias técnicas no imputables a la Sociedad o por razones de seguridad derivadas de circunstancias sobrevenidas ajenas a aquella, se produjere o practicare una interrupción de la comunicación o el fin de la misma, no podrá invocarse esta circunstancia como privación ilegítima de los derechos del accionista. Teniendo en cuenta que las actuaciones relativas al ejercicio de los derechos de voto e información deben seguir las indicaciones marcadas por la Presidencia, se recomienda a los asistentes estar atentos a la evolución de la sesión. Derecho de información Sin perjuicio de la aplicación de los preceptos legales y estatutarios reguladores del derecho de información de los accionistas, las peticiones concretas de información que se formulen con ocasión de esta Junta se ajustarán a las reglas establecidas en el artículo 30 bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de Banco Español de Crédito S.A. A los efectos establecidos en los citados artículos, para el ejercicio del derecho de información por vía electrónica o telemática se deberá haber obtenido previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad, como entidad prestadora de servicios de certificación, y ejercitar su derecho de información por medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia a través del programa elaborado al efecto y que se sigue a través de la página Web del Banco (www.banesto.es/webcorporativa). El certificado podrá obtenerse por el procedimiento descrito anteriormente. Para el ejercicio del derecho de información de forma escrita el accionista deberá dirigir su petición a Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, n.º 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid. A partir de la presente convocatoria de Junta General, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima y Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, propuesta de Aplicación del Resultado de Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima, así como los Informes de los Auditores de Cuentas, todo ello correspondiente al Ejercicio 2010. Igualmente en la página Web del Banco podrá ser consultada la siguiente información: - El texto íntegro de la convocatoria. - El texto de las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el Orden del Día. - Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima y Cuentas Anuales e Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, propuesta de Aplicación del Resultado de Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima, así como los Informes de los Auditores de Cuentas, todo ello correspondiente al Ejercicio 2010. - Informe del Consejo de Administración sobre la modificación estatutaria propuesta que incluye el texto íntegro de la modificación. - Informe del Consejo de Administración sobre la modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas que incluye el texto íntegro de la modificación. - Informe del Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas sobre las modificaciones introducidas en el Reglamento del Consejo de Administración. - Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio 2010. - Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2010. - Informe Anual sobre Política de Retribuciones correspondiente al ejercicio 2010. - Informe explicativo sobre las materias previstas en el artículo 116 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, recogidas en el Informe de Gestión. - Informe del Comité de Auditoria y Cumplimiento. - Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto. - Los medios de comunicación a distancia que, de conformidad con la Ley y los Estatutos, pueden utilizar los accionistas para el ejercicio de los derechos de representación, voto, asistencia, intervención y propuesta, e información, así como los requisitos, plazos y procedimientos establecidos para su utilización. - Requisitos que han de cumplir los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas pero que actúen por cuenta de clientes distintos para obtener varias tarjetas de asistencia, cuando ello fuera necesario para cumplir las instrucciones de aquellos. - Normas de funcionamiento del Foro Electrónico del Accionista. - Información sobre el mecanismo previsto de traducción simultánea de la Junta al inglés para facilitar el seguimiento de la misma a los accionistas conocedores de este idioma. - Información sobre los canales de comunicación con la Unidad de Relaciones con los Accionistas. De igual forma, de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que lo deseen podrán consultar a través de la pagina Web del Banco la información a que se refiere el artículo 30 bis de los Estatutos Sociales y el artículo 6 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la entidad. Conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 527 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo día anterior a la celebración de la Junta General de Accionistas que se convoca, los accionistas podrán formular las preguntas o peticiones de informaciones o aclaraciones que se refieran a puntos comprendidos en el Orden del Día, o a la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, desde la celebración de la última Junta General. Las peticiones concretas de información se ajustarán a las reglas establecidas en el artículo 30 bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de Banco Español de Crédito S.A. Para el ejercicio del derecho de información por vía electrónica o telemática se deberá dirigir una comunicación al efecto a través del programa elaborado con dicha finalidad y que figura en la página Web del Banco (www.banesto.es/webcorporativa). Para ello el accionista deberá haber obtenido previamente el correspondiente certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación, por el procedimiento descrito en el apartado "Criterio General" de esta convocatoria. Instrumentos especiales de información Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 528.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad ha habilitado en su página Web (www.banesto.es/webcorporativa) un Foro Electrónico del Accionista, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituirse, con el fin de que los accionistas puedan publicar propuestas de conformidad con la ley, acompañadas por sus datos de contacto, a efectos de hacer posible la comunicación entre accionistas. El Consejo de Administración, en uso de la habilitación expresa recogida en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ha adoptado el correspondiente acuerdo aprobando las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas, cuyo contenido puede consultarse en la página Web de la Sociedad (www.banesto.es/webcorporativa). El Foro no supone un mecanismo de conversación electrónica on-line entre los accionistas, ni un lugar de debate virtual. El Foro tampoco constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas. El Foro se habilita con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de Banco Español de Crédito S.A. (individuales, personas físicas como jurídicas, y las asociaciones voluntarias que se puedan constituir con arreglo a la normativa vigente) con ocasión de la celebración de las Juntas Generales. Los accionistas podrán enviar para su publicación en el Foro comunicaciones que, de conformidad con la Ley, tengan por objeto: publicar propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria; solicitudes de adhesión a tales propuestas; iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley y ofertas o peticiones de representación voluntaria. Para el acceso al Foro, y al igual que para el ejercicio del derecho de asistencia, delegación y voto a distancia, deberá utilizarse una firma electrónica basada en un certificado electrónico expedido por la Sociedad como entidad prestadora de servicios de certificación. Para la obtención de este certificado, el accionista y las asociaciones voluntarias de accionistas inscritas en el Registro habilitado al efecto por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, deberán acudir a cualquier sucursal de la Sociedad provistos de su documento de identidad oficial, en caso de personas físicas, y con poder bastante, en caso de personas jurídicas, donde se les darán las instrucciones precisas para su obtención así como para el acceso al Foro Electrónico de Accionistas. Igualmente, el accionista podrá informarse de los requisitos concretos para la obtención del correspondiente certificado consultando la página Web de la Sociedad (www.banesto.es/webcorporativa), mediante la remisión de un correo electrónico a la dirección accionistas@banesto.es, o en el Servicio de Atención al Accionista (Telf.: 902.123.230). La entrada en el Foro electrónico de Accionistas supone la aceptación de sus normas de funcionamiento. Como se ha indicado, los accionistas podrán remitir propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria; solicitudes de adhesión a tales propuestas; iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley y ofertas o peticiones de representación voluntaria que serán publicadas por el responsable del Foro nombrado por la Sociedad, siempre que las considere conformes a la Ley y a las normas de funcionamiento del Foro. Las propuestas publicadas en el Foro incluirán los siguientes datos de identificación del accionista: nombre y apellidos/denominación social e identificación de su representante, en caso de personas jurídicas; número de acciones de las que es titular y datos de contacto que haya indicado el accionista, a los efectos de facilitar la comunicación con otros accionistas interesados. La formalización efectiva de la adhesión a una propuesta o un derecho de representación se deberá realizar fuera del Foro, de ahí la necesidad de que el accionista facilite los datos de contacto. Banco Español de Crédito S.A., podrá denegar la publicación en el Foro o retirar del mismo en cualquier momento, aquellas comunicaciones que considere que no resultan conformes al ordenamiento jurídico así como a las presentes normas de funcionamiento. Tampoco se publicarán en el Foro las comunicaciones que contengan comentarios que vulneren el respeto a la dignidad de las personas, que sean ofensivos, xenófobos, racistas, violentos, y los que, de algún modo, sean susceptibles de quebrantar las leyes o que, en general, resulten impropios a la naturaleza del Foro, o excedan de su finalidad. La Sociedad no se responsabiliza de la exactitud, veracidad, vigencia, licitud o relevancia de las comunicaciones publicadas en el Foro. Asimismo la Sociedad, tiene la potestad pero no la obligación de controlar el contenido de las comunicaciones publicadas en el Foro, que son de la exclusiva responsabilidad de los accionistas que las formulen. No podrán introducirse datos o información de carácter personal de terceros sin el consentimiento expreso y documentado del afectado, ni suplantar identidades de otros. La publicación de comunicaciones en el Foro queda condicionada al mantenimiento en todo momento de la condición de accionista de la Sociedad o de asociación voluntaria de accionistas debidamente constituida e inscrita en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Si la Sociedad, en su calidad de administrador del Foro, tuviese en cualquier momento dudas sobre el cumplimiento de estas condiciones, podrá requerir la acreditación del mantenimiento de las mismas, pudiendo solicitar la aportación de cuanta información o documentación se considere oportuna para verificar los extremos aquí previstos. Asimismo, el accionista asume la obligación de notificar a la Sociedad, en su caso, y con la mayor celeridad, la pérdida de la condición de accionista. Las propuestas en el Foro Electrónico de Accionistas, una vez que la compañía verifique la identidad y condición de accionista o de asociación voluntaria de accionistas del solicitante, así como que la propuesta recibida se ajusta a lo previsto en el artículo 528 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y a las normas de funcionamiento, serán publicadas en el Foro Electrónico de Accionistas. La publicaciones se realizarán por la Sociedad, entre las 9:30 y las 19:30 horas, en días laborables, de lunes a viernes. Ninguna comunicación realizada o publicada en el Foro podrá entenderse, en ningún caso, como una notificación a la Sociedad a los efectos del ejercicio de cualquier derecho de que sean titulares los accionistas, individual o colectivamente, ni suple los requisitos necesarios exigidos por la ley, los Estatutos sociales y reglamentos internos de la Sociedad, para el ejercicio de cualesquiera de dichos derechos o el desarrollo de las iniciativas y actuaciones de los accionistas. Todos los derechos y facultades que los accionistas quieran ejercer deberán hacerlo a través de los cauces legalmente establecidos, sin que el Foro sea, en ningún caso, un cauce válido a estos efectos. Para el ejercicio de tales derechos o para cualquier otra cuestión, los accionistas pueden contactar con la Sociedad, a través del Servicio de Atención al Accionista (Telf.: 902.123.230) o de forma escrita dirigiendo su petición a Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, n.º 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid. Concluida la Junta General, Banco Español de Crédito S.A., se reserva el derecho de eliminar y borrar todas las comunicaciones que se refieran a la misma. El Foro Electrónico del Accionista se cerrará a las 24 horas del día anterior a la celebración de la Junta en Primera convocatoria. Los datos personales facilitados por los accionistas para el uso del Foro, serán incorporados a un fichero titularidad de la Sociedad, cuya finalidad es la de gestionar y supervisar el funcionamiento del Foro, así como gestionar las juntas generales de accionistas de la Sociedad y realizar estudios estadísticos del accionariado. Los accionistas que accedan al Foro, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación en los términos establecidos en la legislación vigente, pudiendo dirigir a tal efecto de forma escrita su petición a Banco Español de Crédito, S.A., Avenida Gran Vía de Hortaleza, nº 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid, aportando copia de su DNI, o documento equivalente, y acreditando su condición de accionista. Si en ejercicio de tales derechos los datos comunicados por un accionista a la Sociedad son rectificados o cancelados a solicitud de dicho accionista, la Sociedad procederá a la rectificación o cancelación de las comunicaciones que, a instancia de éste, se hubieran publicado en el Foro. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, en cualquier momento y sin previo aviso, la presentación, configuración, funcionamiento y contenido del Foro, así como las condiciones para su utilización, sin perjuicio de lo establecido legalmente. Protección de datos Los datos personales que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), serán tratados (e incorporados a un fichero del que la Sociedad es responsable) con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo referente a la convocatoria y celebración de la Junta General. Asimismo, se informa a los accionistas que mediante la presente consienten para que dichos datos se incorporen a un fichero propiedad de la sociedad y se traten con las finalidades indicadas. Los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad, Avenida Gran Vía de Hortaleza, número 3, Secretaría General, Edificio Corporativo, planta 0, 28033-Madrid.

Madrid, 20 de enero de 2011.- D.ª Mónica López-Monís Gallego, Secretaria del Consejo de Administración de Banco Español de Crédito, S. A.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid