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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 (en relación con el 73), sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General y Universal de socios de la sociedad Bike Tech, Sociedad Limitada (la "Sociedad") celebrada en Barcelona el 15 de abril de 2011, después de aprobar el balance cerrado a fecha 31 de diciembre de 2010 como balance de escisión parcial, acordó la escisión parcial de la rama de actividad de "distribución al por menor de bicicletas y otros vehículos" a favor de una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación cuya denominación será "Bike Gracia, Sociedad Limitada", traspasándole a ésta en bloque y a título universal la totalidad de los activos y pasivos que integran la referida rama de actividad. Dicha rama de actividad constituye una unidad económica a los efectos de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión parcial en los términos del artículo 44 (en relación con el 73) de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de escisión parcial.
En Barcelona, 15 de abril de 2011.- Administrador único, don Cornelis Jacobus Kroon.
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