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Documento BORME-C-2011-14163

SERVEIS IMMOBILIARIS DAMIÀ FEIXAS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
OBRES I PROMOCIONS BESCANÓ, S.L.
SERVEIS IMMOBILIARIS DAMIÀ FEIXAS, S.L. (NUEVA SOCIEDAD
A CONSTITUIR)
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 87, páginas 15205 a 15205 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-14163

TEXTO

Escisión total

En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades "Serveis Immobiliaris Damià Feixas, SL" y "Obres i Promocions Bescanó, SL" celebradas con carácter universal el día 20 de Abril de 2.011, acordaron por unanimidad, la escisión total de "Serveis Immobiliaris Damià Feixas, SL" que quedará disuelta sin liquidación y dividirá la totalidad de su patrimonio social en dos partes, con el reparto que se ha hecho constar en el Proyecto de escisión, una de las cuales se traspasará en bloque a la sociedad ya existente "Obres i Promocions Bescanó, SL", y la otra integrada por el resto del patrimonio social, se traspasará en bloque a la sociedad de nueva creación, que al amparo del Artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, adoptará la denominación de "Serveis Immobiliaris Damià Feixas, SL". Las Sociedades beneficiarias adquirirán a título de sucesión universal la parte del patrimonio de la Sociedad escindida traspasado a cada una de ellas, y quedarán subrogadas en todos los derechos y obligaciones de aquélla correspondientes a la parte del patrimonio que les ha sido atribuido.

La escisión se lleva a efecto de conformidad con lo previsto en el Artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, según el proyecto de escisión elaborado el 15 de abril de 2011, y con los respectivos Balances cerrados a 31 de Marzo de 2.011.

Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la escisión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

En Girona, 21 de abril de 2011.- El Administrador único de "Serveis Immobiliaris Damià Feixas, S.L.", don Damià Feixas Feixas.

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