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Documento BORME-C-2011-15102

SILVANO SISTEMAS SÓNICOS, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 16219 a 16220 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-15102

TEXTO

El Administrador único haciendo uso de la autorización de la Junta de conformidad a la Ley de Sociedades de Capital, comunica a los socios de "Silvano Sistemas Sónicos, Sociedad Limitada" con CIF B-82146564, domicilio en Calle Francisco Abril, n.º 8, local, en Madrid, el acuerdo de ampliación de capital social que fue votado por mayoría en la Junta General celebrada el 28 de abril de 2011, a las trece treinta horas en calle Lagasca, 56, primero, en Madrid, con las consiguientes características:

1. Aumento de capital.

A) Cuantía. Aumentar el capital social en noventa y siete mil ochocientos veinticinco euros (97.825,00 €)

B) Procedimiento. El aumento de capital se realizará mediante la creación 32.500 nuevas participaciones, con valor nominal cada una de ellas de tres euros con un céntimo (3,01 €), numeradas de la 1.001 a la 33.500 inclusive.

C) Contenido. Que sumado al capital social actual cifrado en tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06 €) quedaría fijada el capital social en cien mil ochocientos treinta euros con seis céntimos (100.830,06 €).

D) Derecho de asunción preferente. A fin de los socios puedan mantener tanto el valor político como el valor económico de su participación en la sociedad, se reconoce el derecho a cada uno de ellos de asumir un número de participaciones proporcional al valor nominal de las que posee.

El derecho se asunción preferente podrá ejercitarse por los respectivos socios dentro del plazo de un mes desde la inserción del correspondiente anuncio en el BORME, sección 2ª "Anuncios y avisos legales".

Para asumir y desembolsar las participaciones correspondientes a cada socio, habrán de ingresar el importe, en la cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad en la entidad La Caixa. número CC 2100 4387 46 0200050829, indicando el nombre de quién realiza el ingreso y en el concepto "suscripción de ampliación de capital", en el plazo establecido para ello.

Transcurrido dicho plazo para el ejercicio del derecho de preferente asunción de las nuevas participaciones, en caso de existir participaciones no asumidas, se ofrecerán por el Administrador a aquellos socios que han ejercitado el derecho de preferencia.

En caso de existir algún socio interesado en adquirir las participaciones sobrantes, tendrá el plazo de 7 días desde el ofrecimiento para asumir y desembolsar las participaciones en la misma cuenta bancaría e indicando igualmente el nombre de quien realiza el ingreso y el mismo concepto.

En caso de existir varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, estas serán adjudicadas entre ellos en proporción a las que cada uno posee.

Transcurrido dicho plazo, si aún subsistieran participaciones sobrantes, se estará a lo dispuesto para Aumento Incompleto y se considerará el aumento válido por la cantidad efectivamente asumida y desembolsada.

2.- Elevación a público de la ejecución del acuerdo. Transcurridos los anteriores plazos, se faculta al administrador único para elevar a público la ejecución del acuerdo indicando las participaciones suscritas y desembolsadas y demás indicaciones establecidas en la Ley de Sociedades de Capital.

3.- Inscripción en el Registro Mercantil. Se faculta al administrador único a la inscripción del acuerdo y de la ejecución del acuerdo en el Registro Mercantil del Domicilio Social de la sociedad.

4.- El texto íntegro resultante de la modificación del artículo 5.º de los vigentes Estatutos. En caso de aprobación de dicho aumento y suscripción total del mismo la nueva redacción del artículo 5.º de los Estatutos sociales sería la siguiente:

"Artículo 5.º- Capital Social. El capital social, que está totalmente desembolsado, se fija en cien mil ochocientos treinta euros con seis céntimos (100.830,06 €) y está dividido en treinta y tres mil quinientas participaciones sociales con un valor nominal de cada una de ellas de tres euros con un céntimo, y numeradas correlativamente del 1 al 33.500, inclusive.

Las participaciones son indivisibles y acumulables. No tendrán el carácter de valores negociables, y no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta ni denominarse acciones."

Madrid, 3 de mayo de 2011.- El Administrador único, don Rafael García Urdillo.

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