La Junta General de Socios de la sociedad Barbieri Couperin, S.L., celebrada el 21 de marzo de 2011, con el carácter de Universal, ha aprobado por unanimidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la escisión total de la sociedad, la cual comportará su extinción y la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes, integradas por los elementos de activo y pasivo afectos a las ramas de actividad inmobiliaria y comercial y de servicios, respectivamente, que se transmitirán en bloque, por sucesión universal, a las dos sociedades de nueva creación, beneficiarias de la misma, que girarán bajo la denominación de Barbieri Real Estate, S.L., la primera de ellas y con la misma denominación que la sociedad escindida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, esto es, bajo la denominación de Barbieri Couperin, S.L., la segunda.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance que ha servido de base a la escisión total acordada, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.
Madrid, 27 de abril de 2011.- María Corrales Rodrigáñez. Administradora Única.
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