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Documento BORME-C-2011-19336

BETCAT GESTIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BETCAT SHOPFITTERS, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 20882 a 20882 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-19336

TEXTO

Se hace constar que el Socio Único de Betcat Gestión, S.A.U. y de Betcat Shopfitters, S.A.U. ha decidido en Junta General con fecha 10 de mayo de 2011 la fusión por absorción de las referidas sociedades en los términos del Proyecto Común de Fusión formulado por sus Administradores Únicos con fecha 8 de abril de 2011, debidamente depositado en los Registros Mercantiles de Sevilla y Barcelona, de acuerdo con el procedimiento especial de fusiones asimiladas a la absorción de sociedades íntegramente participadas de conformidad con el artículo 52 Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, sin necesidad de informes de administradores ni de expertos independientes. Betcat Gestión, S.A.U. está domiciliada en Bollullos de la Mitación (Sevilla), Avenida de Bollullos, 82, Módulo D, e inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, al Tomo 4995, folio 206 vuelto, Hoja SE-81125. Tiene N.I.F. A-62/978.986. Betcat Shopfitters, S.A.U. está domiciliada en Barcelona, Calle de Aribau 112, 5.º, 2.º, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 23.718, Folio 216, Hoja B-60252. Tiene N.I.F. A-59/055.160. Se hace constar que no se han producido modificaciones en los estatutos sociales de la sociedad absorbente como consecuencia de la fusión, que no procede establecer tipo ni procedimiento de canje, ni fecha a partir de la cual las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales y que no se otorgarán en la sociedad absorbente derechos ni ventajas para socios, expertos, administradores ni titulares de derechos especiales. La sociedad absorbente y la sociedad absorbida aprobaron como balance de fusión el balance de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2010, dejar inalterada la composición del órgano de administración que ha de regir la sociedad absorbente tras la fusión, así como que la fusión no tendrá consecuencias sobre el empleo, impacto en la composición del órgano de administración ni en la política de responsabilidad social. La fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Contabilidad es el 1 de enero de 2011. Se hace constar, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los balances de fusión aprobados, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las respectivas compañías, así como el derecho a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Sevilla/Barcelona, 10 de mayo de 2011.- Los Administradores de las sociedades intervinientes, D. Francisco de Asís del Junco Vallejo y D. Francois Bernard Emmanuel Gamel.

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