De conformidad con lo previsto en el artículo 172.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y a solicitud de la Plataforma de Sindicación de la Asociación Por Nuestro Betis, que agrupa más del cinco por ciento del capital social de la entidad Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva, se publica el siguiente complemento de la convocatoria realizada mediante anuncio publicado el día 26 de mayo de 2011 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en el diario El Correo de Andalucía y en la página web de la sociedad www.realbetisbalompie.es, respecto de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la entidad Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva, a celebrar en Sevilla, avenida de la Palmera, sin número, Hotel Al-Andalus (Salón de los Descubrimientos), el día 29 de junio de 2011, a las veinte horas y treinta minutos, en primera convocatoria, o al día siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, incluyendo los siguientes puntos en el
Orden del día
Séptimo.- Modificación del artículo 8 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para incluir restricciones a la libre transmisibilidad de las acciones para favorecer la pluralidad en la adopción y deliberación de acuerdos.
Octavo.- Modificación del artículo 16 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para la limitación del máximo de votos por accionista o grupo de accionistas en Junta General de accionistas para favorecer la pluralidad en la adopción y deliberación de acuerdos.
Noveno.- Modificación del artículo 19 de los Estatutos Sociales del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para aumentar los requisitos de representación mínima en Junta General para la adopción de acuerdos de especial relevancia.
Décimo.- Modificación del artículo 21 de los Estatutos del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para que accionistas con 5 acciones o más puedan asistir de pleno derecho a las Juntas de accionistas.
Undécimo.- Modificación del artículo 24 de los Estatutos del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para los minoritarios y las Peñas Béticas puedan tener siempre representación en el Consejo de Administración.
Duodécimo.- Modificación del artículo 25 de los Estatutos del Real Betis Balompié, Sociedad Anónima Deportiva para impedir que puedan ser Administradores de la sociedad quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos.
Decimotercero.- Inclusión de un nuevo artículo con el número 29 (Artículo 29.- Profesionalización de la gestión).
Decimocuarto.- Inclusión de un nuevo artículo con el número 30 (Artículo 30.- Obligación de los Administradores a la transparencia informativa).
Decimoquinto.- Inclusión de un nuevo artículo con el número 31 (Artículo 31.- El Síndico de los accionistas y abonados).
De conformidad con lo previsto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones propuestas y de los informes sobre las mismas, así como pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 173.1 de la Ley de Sociedades de Capital, el presente anuncio será publicado en la página web de la sociedad, www.realbetisbalompie.es, donde asimismo se publicarán los documentos anteriormente referidos.
Sevilla, 7 de junio de 2011.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Manuel Domínguez Platas.
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