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Documento BORME-C-2011-227

LABORATORIOS ALCOTÁN, S.A.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA).
AGRIPHAR IBERIA, S.L., SOCIEDAD EN CONSTITUCIÓN
(SOCIEDAD QUE SERÁ BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 3, páginas 240 a 240 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-227

TEXTO

Anuncio de escisión.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Junta General extraordinaria y universal de accionistas de la sociedad Laboratorios Alcotán, Sociedad Anónima (sociedad parcialmente escindida), celebrada el día 2 de enero de 2011, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la sociedad, subsistiendo sin extinción, mediante la segregación de una parte de su patrimonio, consistente en la rama de fabricación, formulación, distribución y venta de productos agroquímicos, insecticidas, fungicidas, abonos, foliantes, fitorreguladores y productos destinados para la mejora de la sanidad y crecimiento de las plantas, incluyendo maquinaria agrícola y semillas, y traspasando el bloque y a título de sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, que constituye una unidad económica autónoma, a favor de la sociedad beneficiaria de la escisión, que se creará en el mismo acto de la escisión, denominada "Agriphar Iberia, Sociedad Limitada, sociedad en constitución", y que tendrá como socios íntegra y exclusivamente los mismos socios, y en la misma proporción, que titulan las acciones en que se divide el capital social de Laboratorios Alcotán, Sociedad Anónima, que han acordado unánimemente esta escisión sobre la base del texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión; todo ello en los términos que resultan del proyecto de escisión parcial por aportación, suscrito por los administradores de Laboratorios Alcotán, Sociedad Anónima, y que ratificará el órgano de administración de la sociedad beneficiaria en el mismo momento de la constitución y escisión. Asimismo, se aprobó como Balance de Escisión el balance de la sociedad parcialmente escindida, Laboratorios Alcotán, Sociedad Anónima, cerrado a 30 de septiembre de 2010. La escisión tendrá efectos contables a partir del día 1 de febrero de 2011. No se otorgan en ninguna de las sociedades participantes en la escisión (la parcialmente escindida, existente, y la beneficiaria, en constitución), derechos especiales para ningún tipo de acciones o participaciones sociales ni ventajas a favor de los administradores de las mismas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión en los términos previstos durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.

Sevilla, 4 de enero de 2011.- Joaquín Coronado Arteaga, Secretario del Consejo de Administración de Laboratorios Alcotán, S.A., sociedad parcialmente escindida.

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