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Documento BORME-C-2011-23439

INICIATIVAS Y PROYECTOS 21, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO P.R.A., SOCIEDAD ANÓNIMA
JOBOR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 25256 a 25256 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-23439

TEXTO

De conformidad con el artículo 73 de la Ley 3/2009 se hace público que la Junta General Universal de "Iniciativas y Proyectos 21, Sociedad Limitada", celebrada el catorce de junio de 2011, con carácter universal, acordó por unanimidad una escisión financiera, segregando una parte de su patrimonio social, constituida por el 100 por 100 de las participaciones en el capital social de otra entidad Ricardo Soriano 24, Sociedad Limitada, siendo las sociedades beneficiarias de la operación las entidades mercantiles "Grupo P.R.A., Sociedad Anónima" y "Jobor, Sociedad Limitada", todo ello conforme al proyecto de escisión financiera suscrito por los Administradores Solidarios de la escindida, los Consejeros Delegados de "Grupo P.R.A., Sociedad Anónima" y el Administrador único de "Jobor, Sociedad Limitada". Las sociedades beneficiarias han aprobado en Juntas Generales Extraordinarias Universales de fecha catorce de junio de 2011 el mencionado acuerdo de escisión. Las sociedades beneficiarias se subrogan en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida sobre el patrimonio transmitido.

La escisión tendrá efectos desde el día de otorgamiento de la escritura de escisión ante el Notario, fecha a partir de la cual se considerarán realizadas las operaciones de la escindida, a efectos contables, por cuenta de la beneficiaria de la escisión. La escisión se acordó sin conceder ventajas especiales a los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión y que asimismo a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la escisión.

Córdoba, 15 de junio de 2011.- Don José Barrena Cabello. Administrador Solidario de la escindida.

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