En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) y disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 22 de junio de 2011, el Socio Único de la mercantil Promotora de Medios de Castilla La Mancha, Sociedad Anónima Unipersonal, acordó la fusión de las sociedades Promotora de Medios de Castilla La Mancha, Sociedad Anónima Unipersonal, La Tribuna Televisión, Sociedad Limitada Unipersonal, Ondas La Tribuna, Sociedad Anónima Unipersonal, Icam Agencia de Noticias Regionales, Sociedad Limitada Unipersonal y Televisión Digital Independiente La Tribuna Televisión, Sociedad Anónima Unipersonal. Se hace constar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles no es necesario que el respectivo socio único de las sociedades absorbidas apruebe la fusión, al estar íntegramente participadas por la sociedad absorbente. La mencionada fusión se produce mediante la absorción por Promotora de Medios de Castilla La Mancha, Sociedad Anónima Unipersonal, de La Tribuna Televisión, Sociedad Limitada Unipersonal, Ondas La Tribuna, Sociedad Anónima Unipersonal, Icam Agencia de Noticias Regionales, Sociedad Limitada Unipersonal y Televisión Digital Independiente La Tribuna Televisión, Sociedad Anónima Unipersonal, con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente y con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas.
La fusión se acordó sobre la base del Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes el día 24 de mayo de 2011, que fue presentado a depósito en el Registro Mercantil de Burgos y Ciudad Real, así como sobre la base de los Balances de Fusión de las sociedades participantes en la fusión, cerrados el 31 de diciembre de 2010.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos balances de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Ciudad Real, 22 de junio de 2011.- Don Gregorio Méndez Ordóñez, Administrador Único de Promotora de Medios de Castilla-La Mancha, Sociedad Anónima Unipersonal, de La Tribuna Televisión, Sociedad Limitada Unipersonal, de Ondas La Tribuna, Sociedad Anónima Unipersonal, de Icam Agencia de Noticias Regionales, Sociedad Limitada Unipersonal y de Televisión Digital Independiente La Tribuna Televisión, Sociedad Anónima Unipersonal.
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