Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que la totalidad de los socios de Iaces, Sociedad Limitada, y el socio único de Apoyos Vitales, Sociedad Limitada Unipersonal, actuando en funciones de Junta general de dichas compañías, el día 22 de junio de 2011 decidieron la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de Apoyos Vitales, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Iaces, Sociedad Limitada, con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y con el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la absorbente. La sociedad absorbida está íntegramente participada por la absorbente, por lo cual no es necesario proceder al aumento de capital de la absorbente.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de dichas sociedades de obtener el texto íntegro de las citadas decisiones y de los balances de fusión. Los acreedores podrán oponerse a la fusión de acuerdo con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
Madrid, 24 de junio de 2011.- El Administrador Único de Iaces, Sociedad Limitada, don Gines Almazán Campos y el Administrador único de Apoyos Vitales, Sociedad Limitada Unipersonal, don Gines Almazán Campos.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid