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Documento BORME-C-2011-25034

INVERYEL, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 26919 a 26919 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-25034

TEXTO

A los efectos de lo establecido en los artículos 319, 334 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, en su sesión celebrada el día 14 de junio de 2011, y con la finalidad de dotar a la Sociedad de mayor liquidez, acordó por unanimidad modificar las cifras del capital social inicial y estatutario máximo, que al día de la presente reunión asciende a seis millones de euros (6.000.000 euros) representado por un millón de acciones (1.000.000) de seis euros de valor nominal y un capital estatutario máximo de doce millones de euros (12.000.000 euros) representado por dos millones de acciones (2.000.000) de seis euros de valor nominal, respectivamente quedando el capital social inicial en el mínimo legal establecido en el artículo 50.2 del real decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la ley 35/2003, de 4 de noviembre de instituciones de inversión colectiva y el capital estatutario máximo en diez veces el capital inicial, por lo tanto en dos millones cuatrocientos mil euros (2.400.000 euros) representado por cuatrocientas mil acciones (400.000) de seis euros de valor nominal y veinticuatro millones de euros (24.000.000 euros) representado por cuatro millones de acciones (4.000.000) de seis euros de valor nominal, respectivamente.

Se hace constar que el capital en circulación se mantiene en la cifra actualmente vigente.

Dicha modificación no supone ni tiene por finalidad ni la devolución de aportaciones, ni la condonación de dividendos pasivos, ni la constitución de reservas ni el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, por lo que el indicado acuerdo no supone reducción alguna del capital social, al menos en el sentido técnico jurídico.

Esta operación tampoco supone un aumento de capital por emisión de nuevas acciones o por elevación del valor nominal de las ya existentes, ni una operación de reducción y aumento de capital simultáneo conforme a lo establecido en los artículos 295 y 343 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 22 de junio de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración.

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