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Documento BORME-C-2011-25477

GRÚAS AGUILAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRÚAS HIDRÁULICAS AGUILAR, S.L.U.
GRÚAS AGUILAR TORREJÓN, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 27383 a 27383 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-25477

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 20 de junio de 2011, el socio único de las entidades mercantiles GRÚAS AGUILAR, S.L.U., GRÚAS HIDRÁULICAS AGUILAR, S.L.U. y GRÚAS AGUILAR TORREJÓN, S.L.U., ha aprobado la fusión por absorción de las anteriores mercantiles, siendo GRÚAS AGUILAR, S.L.U. la Sociedad Absorbente y GRÚAS HIDRÁULICAS AGUILAR, S.L.U. y GRÚAS AGUILAR TORREJÓN, S.L.U. las Sociedades Absorbidas, con disolución sin liquidación de éstas últimas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad Absorbente, en función de los respectivos Balances de fusión, utilizando a tales efectos los correspondientes al 31 de diciembre de 2010.

Se pone igualmente de manifiesto que la presente fusión es conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al concurrir en las sociedades partícipes así como en el acuerdo adoptado, los requisitos exigidos por ese precepto legal para su aplicación, por lo que en consecuencia, no resultan aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en las Secciones II y III del Capítulo I ni las normas relativas a la información sobre la fusión previstas en el artículo 39 ni las relativas a la adopción del acuerdo de fusión, a la publicación de la convocatoria de la junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del proyecto de fusión previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 40.

De igual forma, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades partícipes a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Madrid, 28 de junio de 2011.- El Administrador de la Sociedad Absorbente, doña Estrella Pérez Albares. Los Administradores de las Sociedades Absorbidas, don Luis Aguilar Guillén y don Luis Aguilar Pérez.

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