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Documento BORME-C-2011-25669

SOLVENTIS, A.V., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 27580 a 27581 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-25669

TEXTO

Modificación del objeto social

En la Junta General Ordinaria y Extraordinaria Universal de Accionistas, celebrada en el domicilio social el 30 de junio de 2011, se adoptó, por unanimidad, el acuerdo de modificar el Objeto Social de la Sociedad, en cuya virtud el artículo 2.º de los Estatutos Sociales tendrá el siguiente tenor literal:

Artículo 2.- Constituye su objeto social de la sociedad los siguientes servicios de inversión y servicios auxiliares:

A.- Servicios de Inversión:

• La recepción y tramitación de órdenes de clientes en relación con uno o más instrumentos financieros.

• La ejecución de dichas órdenes por cuenta de clientes.

• La gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por los clientes.

• La colocación de instrumentos financieros.

• El asesoramiento en materia de inversión, entendiéndose por tal la prestación de recomendaciones personalizadas a un cliente, sea a petición de éste o por iniciativa de la empresa de servicios de inversión, con respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros. No se considerará que constituya asesoramiento, a los efectos de lo previsto en este apartado, las recomendaciones de carácter genérico y no personalizadas que se puedan realizar en el ámbito de la comercialización de valores e instrumentos financieros. Dichas recomendaciones tendrán el valor de comunicaciones de carácter comercial.

B.- Servicios Auxiliares:

• La custodia y administración por cuenta de clientes de los instrumentos previstos en el artículo 2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

• El asesoramiento a empresas sobre la estructura de capital, estrategia industrial y cuestiones afines, así como el asesoramiento y demás servicios en relación con fusiones y adquisiciones de empresas.

• Los servicios relacionados con las operaciones de aseguramiento de emisiones o de colocación de instrumentos financieros.

• La elaboración de informes de inversiones y análisis financieros u otras formas de recomendación general relativa a las operaciones sobre instrumentos financieros.

• Los servicios de cambio de divisas, cuando estén relacionados con la prestación de servicios de inversión.

• Los servicios de inversión así como los servicios auxiliares que se refieran al subyacente no financiero de los instrumentos financieros derivados contemplados en los apartados 3, 4, 5 y 8 del artículo 2 de la Ley 24/1988, de 24 de julio, del Mercado de Valores, cuando se hallen vinculados a la prestación de servicios de inversión o de servicios auxiliares.

C.- Instrumentos sobre los que se prestarán los Servicios de Inversión y Servicios Auxiliares:

• Los instrumentos financieros previstos en el artículo 2 de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores.

D.- Actividades Accesorias:

• Los servicios de inversión y servicios auxiliares detallados en los puntos A y B anteriores sobre instrumentos no contemplados en el artículo 2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, u otras actividades accesorias que supongan la prolongación del negocio, cuando ello no desvirtúe el objeto social exclusivo propio de la sociedad.

Con carácter general, quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades que para su ejercicio exijan requisitos especiales, en tanto no sean cumplidos por la Sociedad.

Barcelona, 1 de julio de 2011.- Alberto Moro Suárez, Consejero Delegado de Solventis, A.V., S.A.

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