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Documento BORME-C-2011-25773

IBERDROLA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 27685 a 27688 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-25773

TEXTO

Aumento de capital social liberado con cargo a reservas.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de accionistas de Iberdrola, Sociedad Anónima, celebrada el 27 de mayo de 2011, aprobó, bajo el punto sexto de su orden del día, un aumento de capital liberado con cargo a la cuenta de reservas denominada "Actualización RDL 7/1996" por un valor de mercado de referencia máximo de mil novecientos nueve (1.909) millones de euros, mediante la emisión de acciones ordinarias para su asignación gratuita a los accionistas, cuya ejecución se deberá realizar dentro del año siguiente a su fecha de aprobación en una o, como máximo, dos ocasiones.

Con fecha 21 de junio de 2011, el Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta de su Comisión Ejecutiva Delegada y en el ejercicio de las facultades que le habían sido delegadas por la Junta General de accionistas celebrada el 27 de mayo de 2011, procedió a modificar el valor de mercado de referencia máximo de las acciones a emitir en el contexto del aumento de capital, fijándolo en mil ochocientos cuarenta y seis (1.846) millones de euros, así como el valor de mercado de referencia de cada una de las ejecuciones del aumento de capital.

Asimismo, el Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión de 21 de junio de 2011, acordó llevar a efecto la primera de las indicadas ejecuciones del aumento de capital, fijando los términos y condiciones de la referida ejecución, los cuales han sido completados mediante acuerdo de la Comisión Ejecutiva Delegada del Consejo de Administración celebrada el 11 de julio de 2011. A continuación, se detallan los términos y condiciones relativos a la primera ejecución del aumento de capital acordados por los referidos órganos societarios en virtud de los señalados acuerdos:

1. Importe nominal máximo de la primera ejecución del aumento de capital y número máximo de acciones a emitir: El valor de mercado de referencia máximo de la primera ejecución del aumento de capital será de novecientos treinta y cinco (935) millones de euros. En consecuencia, el capital social se aumentará en un importe nominal máximo de ciento catorce millones novecientos once mil setecientos sesenta y tres euros (114.911.763 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de ciento cincuenta y tres millones doscientas quince mil seiscientas ochenta y cuatro (153.215.684) acciones ordinarias de setenta y cinco céntimos de euro (0,75 euros) de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones de Iberdrola, Sociedad Anónima actualmente en circulación. Las nuevas acciones se emiten a la par, sin prima de emisión, por lo que el tipo de emisión se corresponde con su valor nominal.

Las nuevas acciones se representarán por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (Iberclear) y a sus entidades participantes.

2. Contraprestación y balance que sirve de base: La primera ejecución del aumento de capital se realiza íntegramente con cargo a la reserva denominada "Actualización RDL 7/1996", cuyo importe a 31 de diciembre de 2010 ascendía a mil doscientos quince millones setecientos setenta y un mil seiscientos noventa y cinco euros con veinticuatro céntimos de euro (1.215.771.695,24 euros).

El balance que sirve de base a la primera ejecución del aumento de capital es el correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2010, fecha que se encuentra comprendida dentro de los seis (6) meses inmediatamente anteriores al referido acuerdo de aumento de capital adoptado por la Junta General de accionistas de la sociedad, que ha sido auditado por Ernst & Young, Sociedad Limitada, y que fue sometido a aprobación de la Junta General de accionistas bajo el punto primero de su orden del día.

3. Derechos de las acciones nuevas: Las acciones nuevas atribuirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ordinarias de Iberdrola, Sociedad Anónima actualmente en circulación, a partir de la fecha en que la parte del aumento de capital que es objeto de esta primera ejecución se declare suscrita y desembolsada. En particular, los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a percibir las cantidades a cuenta de dividendos y pagos complementarios de dividendos que, en su caso, se satisfagan a partir de la fecha en la que la parte del aumento de capital que es objeto de ejecución se declare suscrita y desembolsada.

4. Derechos de asignación gratuita: Gozarán del derecho de asignación gratuita de las nuevas acciones, en la proporción de una (1) acción nueva por cada treinta y ocho (38) derechos de asignación gratuita, quienes figuren legitimados en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (Iberclear) a las 23:59 horas del día de publicación de este anuncio. A cada acción antigua de Iberdrola, Sociedad Anónima le corresponderá un (1) derecho de asignación gratuita.

5. Periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita: El periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita será de quince (15) días naturales y comenzará el día siguiente al de la publicación de este anuncio (esto es, comenzará el 13 de julio y terminará el 27 de julio de 2011, ambos inclusive). En consecuencia, los derechos de asignación gratuita serán negociables en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan durante un plazo de quince (15) días naturales, a partir del día hábil bursátil siguiente al de la publicación de este anuncio (esto es, entre el 13 de julio y el 27 de julio de 2011, ambos inclusive). Durante este período, que no será prorrogable, los accionistas podrán solicitar una copia firmada del boletín de suscripción con el contenido requerido por el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital.

6. Compromiso de Compra. Iberdrola, Sociedad Anónima ha asumido frente a los titulares de derechos de asignación gratuita un compromiso irrevocable de compra de la totalidad de los referidos derechos, en virtud del cual sus titulares podrán venderlos a Iberdrola, Sociedad Anónima a un precio de ciento cincuenta y seis milésimas de euros (0,156 euros) por derecho. Este compromiso de compra estará vigente y podrá ser aceptado entre el 13 y el 22 de julio de 2011.

7. Acciones en depósito: Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita (esto es, al cierre de la sesión bursátil del 27 de julio de 2011), las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a Iberdrola, Sociedad Anónima se mantendrán en depósito a disposición de quienes acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación gratuita. Transcurridos tres (3) años desde la fecha de finalización del referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita (esto es, al cierre de la sesión bursátil del 27 de julio de 2014), las acciones nuevas que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados.

8. Asignación incompleta: El referido acuerdo de aumento del capital social aprobado por la Junta General de accionistas de Iberdrola, Sociedad Anónima, celebrada el 27 de mayo de 2011, ha previsto expresamente la posibilidad de asignación incompleta. En caso de que Iberdrola, Sociedad Anónima adquiera derechos de asignación gratuita en virtud de su compromiso irrevocable de compra, supuesto para el que está prevista la renuncia por Iberdrola, Sociedad Anónima a los derechos así adquiridos, el capital se ampliará en la cuantía correspondiente. Al terminar el periodo de negociación de derechos de asignación gratuita, el Consejo de Administración de la Sociedad (o, por sustitución, su Comisión Ejecutiva Delegada o el Presidente y Consejero Delegado) procederá a determinar el importe definitivo en que el capital social quedará aumentado con ocasión de esta primera ejecución.

9. Desembolso: Como se ha indicado, el desembolso se efectuará en su totalidad con cargo a la cuenta de reservas denominada "Actualización RDL 7/1996", y se tendrá por producido en el momento en que el Consejo de Administración (o, por sustitución, su Comisión Ejecutiva Delegada o el Presidente y Consejero Delegado), una vez finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, formalice contablemente la aplicación del saldo de la referida cuenta de reservas en la cuantía definitiva del aumento de capital.

10. Gastos y comisiones: Esta primera ejecución se efectuará libre de gastos y de comisiones en cuanto a la asignación de las nuevas acciones emitidas. Iberdrola, Sociedad Anónima asumirá los gastos de emisión, suscripción, puesta en circulación, admisión a cotización y demás relacionados con la primera ejecución del aumento de capital.

Sin perjuicio de lo anterior, los accionistas de Iberdrola, Sociedad Anónima deben tener en cuenta que las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (Iberclear) en las que tengan depositadas sus acciones podrán establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y los gastos repercutibles en concepto de administración que libremente determinen derivados del mantenimiento de los valores en los registros contables. Asimismo, las referidas entidades participantes podrán establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y gastos repercutibles en concepto de tramitación de órdenes de compra y venta de derechos de asignación gratuita que libremente determinen.

11. Admisión a cotización: Iberdrola, Sociedad Anónima, solicitará la admisión a negociación de las acciones nuevas que se emitan como consecuencia de esta primera ejecución en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

12. Documento informativo: De conformidad con lo previsto en la legislación aplicable, Iberdrola, Sociedad Anónima puso a disposición del público, con fecha 21 de junio de 2011, un documento con la información disponible sobre el número y la naturaleza de las acciones y los motivos y detalles de la oferta a la que se refiere esta ejecución del aumento. A su vez, esta información fue complementada por medio de un segundo documento publicado el 11 de julio de 2011. Ambos documentos han sido comunicados como hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y están a disposición del público en la página web corporativa de Iberdrola (www.iberdrola.com) y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).

Bilbao, 11 de julio de 2011.- Julián Martínez-Simancas Sánchez, Secretario General y del Consejo de Administración.

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