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De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las juntas generales de las sociedades Herrajes y Sistemas Belkriss, S.L., Herrajes Likriss, S.L.U. y Recuperación Impulso y Desarrollo Empresarial, S.L.U. han adoptado en fecha 28-06-2011 por unanimidad el acuerdo de escisión total de la sociedad Herrajes y Sistemas Belkriss, S.L., mediante la división y transmisión de su patrimonio en dos bloques, uno a la sociedad preexistente Herrajes Lukriss, S.L.U. y otro a la sociedad preexistente Recuperación Impulso y Desarrollo Empresarial, S.L.U., de acuerdo con el Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil de Murcia.
Los socios y los acreedores de las sociedades que participan en la escisión tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión.
Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de escisión y no esté vencido ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.
Murcia, 28 de junio de 2011.- Los administradores.
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