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Documento BORME-C-2011-27872

FONTADIS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EMIDIS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
CLOSDIS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
INTERYADIS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
INTER ARO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
BUSTINOR TRADE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 29869 a 29870 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-27872

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Fontadis, Sociedad Limitada Unipersonal, y de Emidis, Sociedad Limitada Unipersonal, Closdis, Sociedad Limitada Unipersonal, Interyadis, Sociedad Limitada Unipersonal, Inter Aro, Sociedad Limitada Unipersonal, y Bustinor Trade, Sociedad Limitada Unipersonal, celebradas el día 19 de julio de 2011, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción entre las sociedades Fontadis, Sociedad Limitada Unipersonal, y Emidis, Sociedad Limitada Unipersonal, Closdis, Sociedad Limitada Unipersonal, Interyadis, Sociedad Limitada Unipersonal, Inter Aro, Sociedad Limitada Unipersonal, y Bustinor Trade, Sociedad Limitada Unipersonal, lo que tendrá lugar mediante la absorción de estas últimas por la primera, con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las sociedades participantes en la fusión, de fecha 27 de junio de 2011, depositado en el Registro Mercantil de Girona, en fecha 5 de julio de 2011.

A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 31 de diciembre de 2010, aprobados por las respectivas Juntas Generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2011.

Por tener la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas el mismo socio único, no se produce canje de participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración del informe por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 3/2009, por remisión del artículo 52 de la misma Ley 3/2009. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las participaciones sociales de las sociedades absorbidas.

No existen clases de participaciones, ni aportaciones de industria o prestaciones accesorias, ni derechos especiales distintos de las participaciones en las sociedades absorbente y absorbidas, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de ninguna de ambas sociedades, ni a los expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las Compañías.

Los acreedores tienen derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de las sociedades que se fusionan todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Calonge (Girona), 19 de julio de 2011.- Don Emile Jose Jules Fontanils Clos, Presidente y Consejero-Delegado de las sociedades intervinientes en la fusión.

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