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Documento BORME-C-2011-28085

RENFE-OPERADORA
(ENTIDAD SEGREGADA)
MULTI RENFE MERCANCÍAS, S.A.
IRION RENFE MERCANCÍAS, S.A.
CONTREN RENFE MERCANCÍAS, S.A.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 30091 a 30091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-28085

TEXTO

Anuncio de segregación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, en relación con el artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en fecha 24 de junio de 2011, el Consejo de Ministros, ejerciendo las funciones atribuidas en el artículo 169 f) de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, ha autorizado a la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora la creación de tres sociedades mercantiles estatales en los términos propuestos por su Consejo de Administración con fecha 1 de junio de 2011, mediante la segregación y traspaso en bloque a título de sucesión universal de las unidades de negocio comerciales de transporte de mercancías multiproducto, transporte de mercancías siderúrgicas y transporte de mercancías intermodal de la "Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora" a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación, Multi Renfe Mercancías, S.A., Irion Renfe Mercancías, S.A., y Contren Renfe Mercancías, S.A., las cuales se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio segregado, conforme al Proyecto de Segregación de fecha 28 de Junio de 2011. La citada segregación ha sido ratificada en sus mismos términos por el Consejo de Administración de RENFE-Operadora en su reunión del 28 de junio de 2011.

El citado Proyecto ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 30 de junio de 2011 y publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el 15 de Julio de 2011.

Asimismo, se hace público el derecho que asiste a los acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Segregación, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la segregación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, dentro del plazo de un mes contado desde la publicación del último de los anuncios de segregación.

Madrid, 27 de julio de 2011.- Don José Teófilo Serrano Beltrán, Presidente de la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora.

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