Se anuncia que la totalidad de los socios titulares del 100 % del capital social de las entidades Castor 3000, S.L. (sociedad escindida) y Sierra Innovación, S.L. (sociedad beneficiaria), constituidos en Junta General Universal de fecha 1 de agosto de 2.011, han aprobado la escisión parcial del patrimonio de Castor 3000, S.L. (sociedad escindida) y su traspaso en bloque por sucesión universal a la sociedad Sierra Innovación, S.L. (sociedad beneficiaria), de manera que la parte del patrimonio social de la escindida que compone su rama de actividad de "explotación empresarial de complejo deportivo", integrada por los bienes muebles e inmuebles afectos a la misma y sus correspondientes pasivos, será objeto de traspaso a la sociedad beneficiaria, quien efectuará la oportuna ampliación de capital.
La presente escisión se realiza al amparo del artículo 42 relativo al "Acuerdo unánime de fusión" de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no siendo preciso, por tanto, publicar el proyecto de escisión, ni cumplir los requisitos de convocatoria de la Junta, balance de escisión e información a los socios.
La escisión se someterá al régimen especial de neutralidad fiscal para las sociedades y socios, previsto en el título VII, Capítulo VIII del R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, TRLIS.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las entidades participantes en la escisión, de obtener en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de las decisiones relativas a la escisión parcial, balances, así como el derecho de oposición a la misma que asiste a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Barcelona, 2 de agosto de 2011.- Don Juan Moreno Francisco, Administrador de las sociedades Castor 3000, S.L. y Sierra Innovación, S.L.
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