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Documento BORME-C-2011-29289

INVERSIONES SAMPIO, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 166, páginas 31395 a 31396 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-29289

TEXTO

En los autos 276/2010 se ha dictado la siguiente resolución: La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, doña Carmen Fresneda García, certifica que en el procedimiento referenciado se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, calle Gran Via, 52. Procedimiento: Convocatoria Junta General de Accionistas 276/2010 Sobre Otras Materias De Europromotora 2000, Sociedad Anónima Procurador: Señor Pablo Hornedo Mugurio Contra Inversiones Sampio, Sociedad Limitada Procurador: Sin profesional asignado Auto Juez/Magistrado-Juez Señor/a: Félix Salgado Suárez En Madrid, a 13 de julio de 2011 Antecedentes de Hecho Primero.-Por el Procurador de los Tribunales don Pablo Hornedo Muguiro, en nombre y representación de la mercantil Europromotora 2000, Sociedad Anónima, en fecha 22 de abril de 2010, se presentó escrito solicitando convocatoria judicial de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la mercantil Inversiones Sampío, Sociedad Limitada. Segundo.-Por providencia de fecha 30 de julio de 2010, se requirió a la actora para designar presidente y secretario, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite. Con fecha 7 de septiembre de 2010, por la indicada representación procesal, se presentó escrito, cumplimentando el anterior requerimiento. Tercero.-Por providencia de 11 de julio de 2011, se pasaron los autos para resolver, a este Juzgado. Fundamentos de Derecho Primero.-Dispone el artículo 101 de la Ley de Sociedades Anónimas que: 1. Si la Junta General Ordinaria no fuere convocada dentro del plazo legal, podrá serlo, a petición de los socios y con audiencia de los administradores, por el Juez de Primera Instancia del domicilio social, quien además designará la persona que habrá de presidirla. 2. Esta misma convocatoria habrá de realizarse respecto de la Junta General Extraordinaria, cuando lo solicite el número de socios a que se refiere el artículo anterior. En el caso concreto que nos ocupa, la mercantil Inversiones Sampío, Sociedad Limitada, estaba administrada por un administrador único, don José Gómez Panizo, nombrado en fecha 15 de febrero de 1996, por plazo de 5 años, en base al artículo 16 de los Estatutos Sociales, por lo que dicho nombramiento ha caducado, como consta acreditado documentalmente en autos, razón por la cual la mercantil citada ha quedado sin administración, lo que motiva la presente solicitud. Por tanto dada la situación creada en la citada mercantil, es procedente acceder a lo solicitado por la también mercantil Europromotora 2000, Sociedad Limitada, pues la misma en su condición de socia, es titular de más del 5 por 100 del capital social, en concreto del 60,62 por ciento. Segundo.-Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte Dispositiva Se admite a trámite la solicitud de convocatoria judicial de Junta General de la mercantil Inversiones Sampío, Sociedad Limitada, formulada por el Procurador de los Tribunales don Pablo Hornedo Muguiro, en nombre y representación de la mercantil Europromotora 2000, Sociedad Anónima, a los que se tendrá por parte, entendiéndose con ellos las sucesivas notificaciones y diligencias. Se convoca Junta General de la mercantil Inversiones Sampío, Sociedad Limitada, designando como presidente de la Junta a don José Gómez Panizo; y como Secretario, al Notario que levantará acta de la misma don Daniel Agundez Leal, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Nombramiento de órgano de administración.

Junta que se celebrará en la notaría de don Daniel Agundez Leal, sita en el Paseo Río Guadarrama,4, bajo C de Collado Villalba, el día 20 de octubre de 2011, a las dieciocho horas, en primera convocatoria, y en el mismo lugar y hora del día siguiente, en segunda convocatoria, anunciándose en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia con un mes de antelación al señalado para la celebración de la Junta, por lo menos. Líbrense los oportunos oficios y edictos que se entregarán al Procurador de los Tribunales señor Hornedo Muguiro, para que gestiones su publicación, debiendo acreditar ante este Juzgado haberlo verificado, una vez cumplimientados. Una vez acreditado dicho extremo y aportado copias de los ejemplares de su publicación, procédase al archivo de la causa. Así lo acuerda, manda y firma don Felix Salgado Suárez, Juez del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Madrid. Contra el presente Auto cabe recurso de apelación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual deberá de prepararse ante este Tribunal, dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución. Así lo manda y firma Su Señoría, de lo que doy fe. Lo relacionado y preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que me refiero y remito, y para que así conste y en cumplimiento de lo acordado expido el presente testimonio que firmo. Doy fe.

Madrid, 13 de julio de 2011.- El/La Secretario.

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