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Documento BORME-C-2011-29553

BOSQUES NATURALES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 173, páginas 31674 a 31675 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-29553

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los señores accionistas que el Consejo de Administración de la sociedad Bosques Naturales, S.A., en su reunión de fecha 30 de julio de 2011, haciendo uso de la facultad delegada por la Junta General de Accionistas celebrada el 28 de junio de 2010, ha acordado:

Previa declaración de que el capital social se encuentra íntegramente suscrito y desembolsado, un aumento del capital social hasta la cifra de 600.000,00 euros, dejándolo fijado en la cantidad de 4.714.645,44 euros, en las siguientes condiciones:

a) Importe de la emisión.- Seiscientos mil euros (600.000,00 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de 5.000.000 nuevas acciones nominativas de 0,12 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma serie y clase que las ya existentes, y numeradas correlativamente de la 34.288.713 a la 39.288.712, ambas inclusive.

b) Tipo de emisión.- La emisión se efectúa al nominal, es decir 0,12 euros por acción, que deberá hacerse efectiva mediante aportaciones dinerarias en la cuenta abierta a nombre de la sociedad.

c) Desembolso.- Su desembolso habrá de efectuarse en el cien por cien de su valor nominal en el momento de realizar la suscripción.

d) Derecho de suscripción preferente.- Se reconoce a favor de los señores accionistas el derecho de suscripción, en los términos establecidos en la Ley y los Estatutos Sociales, de un número de acciones proporcional al que ya posean.

Los accionistas gozarán del derecho de suscripción preferente, pudiendo suscribir, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, un número de acciones proporcional al número de acciones que poseyeran con anterioridad a la ampliación. Si el último día del plazo de suscripción fuera inhábil, éste se entenderá extendido hasta el primer día hábil siguiente.

Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital. Los inversores que adquieran derechos de suscripción preferente durante dicho plazo tendrán, a estos efectos, los mismos derechos que los accionistas actuales.

e) Lugar y forma de ejercicio del derecho de suscripción preferente.- En el domicilio social de la compañía, sito en Alcobendas (Madrid), Avenida de la Vega, número 1 y mediante certificaciones acreditativas que emitirá el Secretario del Consejo de Administración.

f) Suscripción incompleta.- Expresamente se acuerda la posibilidad de que la ampliación se suscriba parcialmente, y si, finalizado el plazo de suscripción, aún restaren acciones por suscribir, quedarán las mismas anuladas y la ampliación quedará fijada en el nominal de las acciones suscritas.

El Consejo de Administración queda facultado para verificar la efectiva suscripción de las acciones y su desembolso, así como para modificar el artículo referente al capital social, adaptándolo a la suscripción de acciones que se efectúe.

Alcobendas, 5 de septiembre de 2011.- Secretario del Consejo de Administración. Antonio Vela Ballesteros.

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