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Documento BORME-C-2011-29732

FRANTSES JATSUKO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 176, páginas 31858 a 31858 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-29732

TEXTO

Anuncio de Ampliación de Capital Social.

Se comunica que la Junta General de accionistas de la sociedad Frantses Jatsuko, S.A. celebrada con carácter extraordinario y en primera convocatoria, el 30 de agosto de 2011, en el domicilio social, acordó por unanimidad ampliar el capital social en la cantidad de trescientos setenta y cuatro mil ciento treinta euros y tres céntimos de euro (374.130,03 €) y dejarlo fijado para los sucesivo en la de un millón seiscientos dieciocho mil doscientos veinticinco euros y ocho céntimos de euro (1.618.225,08 €) mediante la emisión de 62.250 nuevas acciones, ordinarias, nominativas, de 6,010121 € de valor nominal cada una, iguales entre sí y con las anteriores en circulación, con las que forma una sola serie, numeradas correlativamente del 207.001 a 269.250, ambos inclusive, siendo las condiciones de la emisión las siguientes:

a) Se emiten a la par, es decir sin prima de emisión de clase alguna.

b) El importe correspondiente al valor total de las acciones suscritas deberá ser desembolsado en efectivo metálico, en el mismo momento de la suscripción.

c) Los accionistas tendrán el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de la nueva emisión de acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, para el ejercicio de su derecho de suscripción preferente.

d) Transcurrido el plazo anterior, las acciones que no hayan sido suscritas serán ofrecidas por el Consejo de Administración a los accionistas que hayan ejercitado su derecho de suscripción preferente, mediante comunicación escrita a cada uno de ellos. Dichos accionistas podrán suscribir las acciones ofrecidas en el plazo de un mes a contar desde la fecha del envío de la comunicación. En el caso de que sean varios los accionistas que pretendan suscribir las acciones ofrecidas, la suscripción se realizará en proporción a su participación en el capital social de la sociedad, incluida la derivada de suscripción realizada en ejercicio de su derecho de suscripción referente a que se refiere el apartado c) anterior.

e) La cifra definitiva del aumento de capital vendrá determinada por el número de acciones que hayan sido suscritas por los accionistas conforme a lo dispuesto en los apartados c) y d) anteriores.

Si el aumento de capital no se suscribe íntegramente dentro de los plazos fijados para su suscripción, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas conforme a las condiciones del acuerdo de ampliación, quedando facultado el Consejo de Administración para declarar la suscripción y dar nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales.

Pamplona, 1 de septiembre de 2011.- El Presidente del Consejo de Administración, Javier Baztarrika Navarro.

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