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En la junta general extraordinaria de dicha sociedad, celebrada con carácter universal el 12 de septiembre de 2010, se adoptó por unanimidad el acuerdo de reducir el capital social de la compañía en la cantidad de doscientos veinticinco mil euros (225.000,00 euros), en condonación de la obligación de realizar las aportaciones pendientes de desembolso (ex artículo 317.2 del Real Decreto legislativo 1/2010 de 2 de julio).
Consecuentemente con lo anterior, igualmente se acordó modificar el artículo séptimo de los Estatutos Sociales, relativo al capital social.
Lo que se publica en virtud de lo establecido por el artículo 319 de la citada ley.
Zaragoza, 19 de septiembre de 2011.- El Administrador.
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