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Documento BORME-C-2011-30951

FIMACAF, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 186, páginas 33119 a 33120 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-30951

TEXTO

Edicto. Doña María Gracia Morales Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, certifica: Que en los Autos arriba referenciados, se ha dictado resolución cuyos particulares aquí insertos, coinciden en su totalidad con su original al que me remito: "Auto n.º 389/11 En Sevilla, a 12 de julio de 2011. Antecedentes de hecho: Único. Razonamientos jurídicos: Primero.- Segundo.- Parte dispositiva: Que debo acordar y acuerdo convocar Junta General de Socios de Fimacaf S.L. señalándose para su celebración el próximo día 19/10/2011, a las 18:30 horas, en primera convocatoria y, en su caso, el día 20/10/2011, a las 18:30 horas, la Junta que se celebrará en el domicilio social, sito en calle Higuera de la Sierra, n.º 1, 4.º A (Sevilla) bajo la Presidencia de don Francisco Álvarez Delgado y actuando como Secretario la persona que será designada al efecto con carácter previo a la celebración de la misma y a la que concurrirá fedatario público, con el orden del día siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de las cuentas anuales de 2009.

Segundo.- Censura de la gestión social.

Tercero.- Informe de la Administración sobre el estado de la revisión de las cuentas anuales realizadas por auditor nombrado por el Registro Mercantil.

Cuarto.- Aplicación del resultado.

Los socios derecho a obtener de la sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos que han de ser sometidos a información de la Junta. Entréguense los despacho al solicitante para su diligenciamiento, significándole que deberá proceder a su publicación en el término legal, concretamente en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia. O en su caso, en la forma prevista en los Estatutos sociales de la mercantil cuya convocatoria se insta. Los gastos de la convocatoria judicial serán de cuenta de la sociedad. Contra este Auto no cabe recurso. Insértese testimonio de esta resolución en los Autos y llévese el original al Libro correspondiente. Así lo acuerda, manda y firma, D.ª María Dolores Cuesta Castro, Magistrado Juez Stta. adscrito al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 bis de esta ciudad, de lo que doy fe." Siguen firmas. Y para que conste y se procede a su publicación en diario de su titularidad, conforme arriba se acuerda, libro la presente en.

Sevilla, 12 de julio de 2011.- Doy fe, El Secretario Judicial.

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