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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley de 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público que, con fecha 28 de septiembre de 2011, el socio único de "Montajes Eléctricos Greco, S.L.U." (sociedad escindida) ha decidido la escisión total de "Montajes Eléctricos Greco, S.L.U.", con la consiguiente disolución sin liquidación de la misma y dividiéndose su patrimonio en dos partes, transmitiendo en bloque a cada una de las partes, por sucesión universal, a favor de dos sociedades de nueva creación "Greco Soluciones, S.L.U." y "Montajes Eléctricos Greco, S.L.U."; ésta última sociedad adoptará la misma denominación social que la sociedad escindida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Villava, 1 de octubre de 2011.- Roberto Rodrigo Gil, Administrador Único de la Compañía Montajes Eléctricos Greco, S.L.U.
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