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Anuncio de Fusión por Absorción
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que el socio único de Klecar Foncier Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal ("Klecar Foncier Ibérica") y el socio único de Klepierre Vinaza, S.L., Sociedad Unipersonal ("Klepierre Vinaza"), han decidido el día 14 de octubre de 2011 aprobar la fusión de estas dos sociedades mediante la absorción de Klepierre Vinaza por Klecar Foncier Ibérica con extinción sin liquidación de Klepierre Vinaza y transmisión en bloque de su patrimonio a Klecar Foncier Ibérica que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Las decisiones de fusión han sido adoptadas sobre la base de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2010.
A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el régimen previsto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, al no ser ninguna de las sociedades participantes en esta fusión sociedad anónima o comanditaria por acciones y al haber sido aprobada la mencionada fusión por los socios únicos de ambas sociedades intervinientes, por lo que, en consecuencia, no son aplicables las normas generales sobre el proyecto y el balance de fusión que se establecen en las Secciones segunda y tercera del Capítulo I del Título II de la Ley de Modificaciones Estructurales, ni las normas relativas a la información sobre la fusión previstas en el artículo 39, ni las relativas a la adopción del acuerdo de fusión, a la publicación de la convocatoria de la junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del proyecto de fusión, previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 40 de la Ley de Modificaciones Estructurales.
De igual forma se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes (se hace constar que todos los socios de las sociedades participantes ya han obtenido el texto íntegro de la respectiva decisión de fusión al tratarse ambas de sociedades unipersonales) en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión correspondientes, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la mencionada fusión.
Se hace constar expresamente que la eficacia de la aprobación de la indicada fusión ha quedado sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva consistente en la inscripción definitiva en el Registro Mercantil de Madrid de la escisión parcial de Klepierre Vinaza aprobada por la decisión del socio único de Klepierre Vinaza y la decisión del socio único de la sociedad Klepierre Molina, S.L., Sociedad Unipersonal, domiciliada en Alcobendas (Madrid), Avda. de la Vega, n.º 1, Edificio n.º 1, Planta 3.ª, con N.I.F. B-86283348, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M-524.900, Tomo 29.153, Folio 105, Sección 8.ª, ambas con fecha 14 de octubre de 2011, en virtud de la cual Klepierre Vinaza se escindirá parcialmente, transmitiendo en bloque por sucesión universal determinados activos y pasivos a favor Klepierre Molina, S.L., Sociedad Unipersonal.
Madrid, 14 de octubre de 2011.- Representante de Klecar Europe Sud en su condición de Administrador Único de Klecar Foncier Ibérica, S.L., Sociedad Unipersonal, don Laurent Jean Jacques Morel.-Representante de Klepierre, S.A. en su condición de Administrador Único de Klepierre Vinaza, S.L., Sociedad Unipersonal, don Laurent Jean Jacques Morel.
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