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Documento BORME-C-2011-3296

FUJIFILM EUROPE GMBH
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FUJIFILM ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 31, páginas 3426 a 3426 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-3296

TEXTO

Anuncio de Fusión Transfronteriza Intracomunitaria

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, aplicable por remisión del artículo 66.1 de la misma Ley, se hace público que el accionista único de Fujifilm Europe GmbH y el accionista único de Fujifilm España, S.A.U. decidieron el día 14 de febrero de 2011 aprobar la fusión transfronteriza intracomunitaria de las referidas entidades mediante la absorción de Fujifilm España, S.A.U. por parte de Fujifilm Europe GmbH. La Sociedad Absorbente adquirirá, a título de sucesión universal, el patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida y todos sus derechos y obligaciones, con disolución sin liquidación de esta última en los términos del Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de septiembre de 2010, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 5 de noviembre de 2010 y en el correspondiente registro de Düsseldorf (Alemania) el 17 de noviembre de 2010 y posteriormente modificado el día 11 de enero de 2011. Dicha modificación del Proyecto Común de Fusión ha sido igualmente depositada en los correspondientes registros.

Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión transfronteriza (Sociedad Absorbente "Fujifilm Europe GmbH" en Heesenstraße 31 (Düsseldorf-Alemania), y/o Sociedad Absorbida "Fujifilm España, S.A.U." en calle Aragón, 180, (Barcelona-España).

Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión transfronteriza en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión.

En virtud del artículo 66 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores y, en su caso, los accionistas de las sociedades que se fusionan que tengan derecho a oponerse a la fusión, con arreglo a lo establecido anteriormente, podrán obtener, sin gastos, una información exhaustiva sobre las condiciones de ejercicio de sus respectivos derechos de oposición a la presente fusión dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión transfronteriza que se indican anteriormente.

Barcelona, 14 de febrero de 2011.- Hironao Fujii, Administrador Único de la Sociedad Absorbida y Junji Okada, Administrador Solidario de la Sociedad Absorbente.

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