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Documento BORME-C-2011-33009

HOSPITEN HOLDING, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 35239 a 35240 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-33009

TEXTO

Junta General de Accionistas El Consejo de Administración de Hospiten Holding, S.A., en cumplimiento de lo establecido en el los estatutos sociales de la compañía y en los artículos 166 y siguientes del R.D. Leg. 1/2010 por el que se aprueba la Ley de Sociedades de Capital, ha decidido convocar Junta General de Accionistas que se celebrará con el carácter de extraordinaria el próximo día 24 de noviembre de 2011, a las 10.00 horas, en el domicilio social de la compañía sito en Rambla de Santa Cruz, número 115, de esta ciudad de Santa Cruz de Tenerife, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación, en su caso, del proyecto de fusión entre las compañías "Celesmar, S.L.", y "Hospiten Holding, S.A.", debidamente depositado en el Registro Mercantil.

Segundo.- Aprobación, en su caso, del acuerdo de fusión entre las mismas "Hospiten Holding, S.A.", y "Celesmar, S.L.".

Tercero.- Aprobación, si procede, del balance de la compañía cerrado a 31 de diciembre de 2010 como balance de fusión.

Cuarto.- Aprobación, en su caso, de la decisión de someter la operación de fusión entre las entidades "Celesmar, S.L.", y " Hospiten Holding, S.A.", al régimen de neutralidad fiscal establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Quinto.- Aprobación, en su caso, de la decisión de reducir el capital social de la compañía.

Sexto.- Aprobación, si procede, de la modificación del artículo 5, relativo al capital social, de los vigentes Estatutos Sociales de Hospiten Holding, S.A.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Delegación de facultades para la elevación a público, inscripción y ejecución de los acuerdos.

Noveno.- Redacción, lectura y aprobación del acta.

Se hace constar expresamente el derecho que, a partir de la presente convocatoria, corresponde a todos los socios, obligacionistas y titulares de derechos, así como a los representantes de los trabajadores, a examinar en el domicilio social de la compañía todos los documentos informativos de la operación previstos en la Ley a estos efectos así como a obtener la entrega o envío gratuito de su texto íntegro. Finalmente, se hace constar las siguientes menciones sobre el proyecto de fusión de "Hospiten Holding, S.A.", y "Celesmar, S.L.": a) Identidad de las sociedades participantes en la fusión - Sociedad absorbente: Hospiten Holding, S.A., con domicilio social en Rambla de Santa Cruz nº 115, Santa Cruz de Tenerife, e inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, al tomo 2.608 de la Sección General, folio 49, Hoja número TF-34.851, inscripción 1ª. Provista de CIF: A-38.777.801 - Sociedad absorbida: Celesmar, S.L., con domicilio social en Rambla de Santa Cruz nº 115, Santa Cruz de Tenerife e inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife al tomo 2828, folio 139, hoja TF 39366, inscripción 1ª. Provista de CIF: B-38.864.948 b) El tipo de canje de las participaciones sociales está determinado por el canje de 1 participación social de la sociedad absorbida por 56,2201501 acciones de la sociedad absorbente El canje de los títulos ahora descrito se anotará en el Libro Registro de Accionistas el mismo día de la elevación a pública de los acuerdos de fusión. c) Los nuevos accionistas de Hospiten Holding, S.A., tendrán derecho a participar en las ganancias sociales de esta compañía que se hubieren producido a partir del 1 de enero de 2011. d) A efectos contables, se fija como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga han de considerarse realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente, la del día 1 de enero de 2011. e) No existen en la Sociedad Absorbente, Hospiten Holding, S.A., aportaciones de industria o prestaciones accesorias de ninguna naturaleza. En consecuencia, no se tendrán en cuenta posibles incidencias o contraprestaciones a este respecto. f) No existe ni en la Sociedad Absorbente ni en la Sociedad Absorbida acciones o participaciones sociales de clases especiales, socios que ostenten derechos especiales o tenedores de títulos distintos de los representativos de capital social. g) No se concederán ventajas de ninguna clase al experto independiente que ha designado el Registro Mercantil para la elaboración del reseñado informe, ni a los administradores de una y otra compañía.

Santa Cruz de Tenerife, 18 de octubre de 2011.- El Presidente del Consejo de Administración.

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