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Doña Cristina Pousa Blasco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Madrid, anuncia: Que en los autos de jurisdicción voluntaria seguidos en este Juzgado con el número 705/2010 se ha acordado por el presente convocar judicialmente Junta General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad Inmopise, Sociedad Limitada, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Declaración de nulidad radical de la pretendida Junta celebra en Tres Cantos el día 3 de mayo de 2010 así como de la totalidad de los acuerdos adoptados en la misma. Solicitud de cancelación de los asientos registrales causados en la reunión.
Segundo.- Ratificación en lo menester, adopción de nuevos acuerdos adoptados en la Junta General celebrada el 31 de mayo de 2010 y de la que se levantó acta notarial por el Notario de Tres Cantos Don José Ángel Gómez-Morán Etchart, número 1255 de su protocolo de dicho año, en particular: Primero.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2004, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año, comprensivas de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y propuesta de aplicación de resultado. Segundo.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2005, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año, compresivas de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y propuesta de aplicación de resultado. Tercero.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2006, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año, comprensivas de balance, cuentas de pérdidas y ganancias, memoria y propuesta de aplicación de resultado. Cuarto.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2007, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año comprensivas de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y propuestas de aplicación de resultado. Quinto.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2008, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año, comprensivas de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y propuesta de aplicación de resultado. Sexto.- Aprobación y ratificación de las operaciones de compraventa realizadas por la sociedad. Séptimo.- Valoración y decisiones a tomar con relación a la reunión que mantuvieron en la Notaria de Tres Cantos (Madrid) calle Sector Oficios, 35, 1º Derecha, el pasado 3 de mayo de 2010. Octavo.- Determinación de las facultades de los liquidadores en el ejercicio de su cargo. Noveno.- Separación del Señor Don Juan Lorenzo Romaní de su cargo de liquidador mancomunado de la sociedad. Décimo.- Turno abierto de palabra.
Tercero.- Examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2009, cerrado a día 31 de diciembre de dicho año, comprensivas de balance, cuentas de pérdidas y ganancias, memoria y propuesta de aplicación de resultado.
Cuarto.- Nombramiento y ceses.
Quinto.- Decisiones a tomar con relación a los procedimientos de los que es parte esta sociedad.
Sexto.- Turno de palabra.
La Junta se celebrará el próximo día 14 de diciembre de 2011, a las diez horas en la Notaria de Don José Ángel Gómez-Morán Etchart sita en Tres Cantos 28760 Madrid, Sector Oficios 35 1º Derecha será presidida por Don Juan Lorenzo Romaní Forn y actuará como Secretario Don José Romaní Forn, a quienes se hará saber el nombramiento. El designado Presidente de la Junta deberá realizar todos los actos precisos para proveer que en la citada Junta asista el Notario que corresponda, que levantará acta del desarrollo de la misma. A partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los auditores de cuentas. Durante el mismo plazo y salvo disposición contraria de los estatutos, el socio o socios que representen al menos el cinco por ciento del capital podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuantas anuales. Lo dispuesto en el párrafo anterior no impide ni limita el derecho de la minoría a que se nombre un auditor de cuentas con cargo a la sociedad. Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. El órgano de administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad de ésta perjudique los intereses sociales. Esta excepción no procederá cuando la solicitud esté apoyada por socios que respeten, al menos, el veinticinco por ciento del capital social.
Madrid, 6 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.
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