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Documento BORME-C-2011-3425

CORPORACIÓN CRN TELEVISIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRN TELEVISIÓN ALBACETE, S.L.U.
CRN TELEVISIÓN GUADALAJARA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 32, páginas 3561 a 3561 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-3425

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de las sociedades, Corporación CRN Televisión, S.L. (sociedad absorbente) y las sociedades de las que es socio único CRN Televisión Albacete, S.L.U. y CRN Televisión Guadalajara, S.L.U. (sociedades absorbidas), con fecha 8 de febrero de 2011 aprobaron la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual Corporación CRN Televisión, S.L., absorbe las sociedades CRN Televisión Albacete, S.L.U. y CRN Televisión Guadalajara, S.L.U. con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital social de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

La fusión fue aprobada de acuerdo con (i) las menciones recogidas en el Proyecto de Fusión, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes, el cual fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 25 de enero de 2011, y (ii) los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2010, debidamente aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados así como de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

En Madrid, 8 de febrero de 2011.- Los Administradores Únicos de las sociedades absorbente y absorbidas: Green Publicidad y Medios, S.A., representada por don Juan Francisco Marín Ripollés; y Corporación CRN Televisión, S.L.U., también representada por don Juan Francisco Marín Ripollés.

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