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La Junta General Universal de la sociedad Soldadura Lagunar, Sociedad Anónima Laboral, celebrada el 26 de octubre de 2011 aprobó, por unanimidad, la escisión total de la entidad Soldadura Lagunar, Sociedad Anónima Laboral, mediante la división de su patrimonio en dos partes, que se traspasarán en bloque a las entidades Urtía-Zaspi, Sociedad Limitada y Soldadura Lagunar, Sociedad Limitada, de nueva creación, las cuales adquirirán por sucesión, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio recibido de la sociedad escindida, que se extinguirá como consecuencia de la escisión, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de la sociedad escindida, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad escindida a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación del anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de abril.
Ermua, 26 de octubre de 2011.- Don Francisco de San juan Cuadrado Cruz.
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