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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 7 de noviembre de 2011, las respectivas Juntas Generales de socios de las entidades Salcar, Sociedad Limitada, Lac Málaga, Sociedad Limitada y Promorsana, Sociedad Limitada, así como el socio único de la entidad Inclave, Sociedad Limitada Unipersonal, acordaron, con la mayoría legalmente exigida, la fusión por absorción de las mercantiles Lac Málaga, Sociedad Limitada y Promorsana, Sociedad Limitada e Inclave, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedades Absorbidas), por parte de Salcar, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), con la consiguiente transmisión a título universal de los patrimonios de las sociedades absorbidas a favor de la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de las primeras.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, corresponde a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009.
Malaga, 8 de noviembre de 2011.- Francisco Díaz Rodríguez, Apoderado.
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