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Documento BORME-C-2011-34975

OPERACIONES INTERNACIONALES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD SEGREGADA)
OPERINTER VALENCIA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 37293 a 37293 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-34975

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General de Socios, celebrada con el carácter de Universal, en fecha 9 de noviembre de 2011, de la sociedad "Operaciones Internacionales, Sociedad Limitada" (sociedad segregada) y el socio único, en ejercicio de las competencias propias de la Junta General de Socios, de la mercantil "Operinter Valencia, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad beneficiaria), en esa misma fecha, han acordado por unanimidad la segregación, como modalidad de la escisión, del conjunto de elementos patrimoniales integrantes de la unidad económica dedicada a la actividad de transporte, para su aportación a la sociedad "Operinter Valencia, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad beneficiaria), que adquirirá en bloque y por sucesión universal el patrimonio, derechos y obligaciones que forman parte de la unidad económica segregada.

La segregación mencionada, como modalidad de la escisión, se acordó de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y cumpliéndose los requisitos señalados en ese precepto, es decir, sin haberse elaborado ni proyecto ni Balances de segregación.

Se hace constar, conforme al precepto citado al inicio, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y decisiones tomadas y de los Balances que se han tomado como referencia para la segregación, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de segregación, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal.

Valencia, 9 de noviembre de 2011.- El Administrador único de Operaciones Internacionales, S.L. y Operinter Valencia, S.L.U., don Pascual Gimeno Valcárcel.

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