Contido non dispoñible en galego
A los efectos del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se anuncia que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de "Taf Helicopters, Sociedad Limitada" y "Sabadell Helicopters Service Centre, Sociedad Limitada Unipersonal", acordaron, en fecha 7 de noviembre de 2011, la segregación de la rama de actividad consistente en la reparación y mantenimiento de helicópteros de la sociedad "Taf Helicopters, Sociedad Limitada" a favor de la sociedad "Sabadell Helicopters Service Center, Sociedad Limitada Unipersonal". El socio único de la sociedad beneficiaria, es la propia "Taf Helicopters, Sociedad Limitada". El canje se realizará mediante la suscripción por parte de la sociedad segregada de las participaciones en la ampliación de capital de la sociedad beneficiaria.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores, a los trabajadores y a los representantes de los trabajadores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación. Asimismo, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en esta segregación podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Sabadell (Barcelona), 7 de noviembre de 2011.- El Sr. Eduardo Miralta Gonçalves de Faria, Consejero delegado de "Taf Helicopters, S.L." y el Sr. Sebastian Gabriel Bernasconi, Administrador único de "Sabadell Helicopters Service Center, S.L.U.".
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