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Documento BORME-C-2011-35771

GRUP MESALLES I FILLS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ANASILVA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVERSIONES ANASILVA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 38137 a 38137 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-35771

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en relación con los artículos 42, 71 y 73 del mismo texto legal, se hace público que el socio único de las sociedades Grup Mesalles i Fills, Sociedad Limitada Unipersonal, y Anasilva, Sociedad Limitada Unipersonal, acuerda en fecha de 10 de noviembre de 2011, la escisión parcial y la transmisión en bloque a la sociedad beneficiaria de nueva constitución Inversiones Anasilva, Sociedad Limitada, que las adquirirá por sucesión universal, recibiendo a cambio el Socio Único de cada una de ellas, en este caso la misma sociedad Grup Industrial Mesalles Silva, S.L., la totalidad de las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la entidad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial, Inversiones Anasilva, S.L. las cuales son equivalentes al valor de las unidades económicas objeto de traspaso referentes a la actividad de inversiones inmobiliarias y representativas de la totalidad del capital social de dicha compañía en el momento de su constitución, y sin que las sociedades escindidas se extingan como consecuencia de la escisión.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, al no ser ninguna de las sociedades participantes en dicha escisión parcial una sociedad anónima o comanditaria por acciones y al haber sido aprobada la mencionada escisión por los socios únicos de las sociedades, no son aplicables a esta operación las normas generales que sobre el Proyecto y los Balances de escisión se establecen en las Secciones II y III de la Ley 3/2009, de 3 de abril, ni aquellas relativas a la información prevista en el artículo 39 de esta misma ley. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 14 de noviembre de 2011.- Don Alfredo Mesalles Silva en representación de la sociedad AMSA Gestión y Control, Administrador Único de las sociedades escindidas Grup Mesalles i Fills, S.L.U. y de Anasilva, S.L.U.

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