En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades "Levantina de Control y Regulación, S.L. unipersonal", y "Servicios y Distribuciones Técnicas, S.L.", celebradas todas ellas el día 2 de Noviembre de dos mil once, se adoptaron, por unanimidad, los acuerdos de fusión por absorción de Levantina de Control y Regulación, S.L. unipersonal (sociedad absorbida), por Servicios y Distribuciones Técnicas, S.L. (sociedad absorbente), y consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la absorbente que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la absorbida, con el correspondiente aumento de capital de la sociedad absorbente.
Dado que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y adoptan unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el cual se encuentra a su disposición en los domicilios sociales de las Compañías implicadas.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a oponerse a esta fusión, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los término de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril.
Barcelona, 2 de noviembre de 2011.- Levantina de Control y Regulación, S.L. unipersonal, Administrador Único, don Juan Peralta Bernabé, Servicios y Distribuciones Técnicas, S.L., Administrador Único, doña Ana Peralta Maniviesa.
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